Novedades. El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha obligado un centro educativo público de Barcelona a impartir al menos una asignatura en castellano, aparte de la de lengua castellana, sin establecer porcentajes. Es la primera sentencia del alto tribunal catalán que ordena ampliar las clases en castellano después de la entrada en vigor del decreto ley 6/2022 y la ley 8/2022, aprobadas por el Govern para superar la sentencia del TSJC que ordenaba el 25% de castellano en todos los centros del país. La presidenta de la Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB), Ana Losada, ha hecho pública la sentencia este martes, y sostiene que esta resolución puede crear jurisprudencia y abre la puerta a admitir los recursos de más familias que piden escolarizar a sus hijos en castellano, superando la nueva normativa catalana. El TSJC denunció artículos de la nueva normativa al Tribunal Constitucional (TC) al considerar que no se garantizaba el castellano como lengua vehicular.

Por su parte, el Departament de Educació ha afirmado que la sentencia que ha dado a conocer la Asamblea por una Escuela Bilingüe es "de un caso anterior a la aprobación de la nueva normativa" impulsada por el Govern y que no supone ninguna nueva aplicación. Según han defendido fuentes de Educació a la ACN, después de la aprobación del decreto del Govern que rechaza la aplicación de porcentajes lingüísticos y de la ley sobre el uso y el aprendizaje de las lenguas oficiales en la enseñanza no universitaria, "ninguna nueva escuela ha tenido que aplicar el castellano por imposición de los tribunales".

Ciertamente, el TSJC resuelve ahora el recurso de una familia presentado en el 2019, pero la sentencia del alto tribunal catalán es del viernes pasado, 23 de diciembre, y estima parcialmente el recurso interpuesto y declara "el derecho de la hija del recurrente que, mientras permanezca escolarizada en el sistema educativo catalán, reciba de manera efectiva en castellano, aparte de la asignatura o materia correspondiente al aprendizaje de esta lengua, una o unas materias o asignaturas adicionales que, por su importancia en el conjunto del currículum y su carga lectiva, puedan ser consideradas como principales".

La nueva interpretación del TSJC

En una rueda de prensa, el abogado José Domingo, representante de la AEB, ha asegurado este martes que la decisión del TSJC "cambia la planificación que había hecho la Generalitat y deja sin efecto la estrategia diseñada por los gobernantes para acabar con el modelo de conjunción lingüística". La sentencia fija que "una o unas materias o asignaturas adicionales", aparte de la propiamente de lengua castellana, se tendrán que impartir en esta lengua. Tendrán que ser, además, asignaturas "que por su importancia en el conjunto del currículum y su carga lectiva puedan ser consideradas como principales", añade el tribunal.

En concreto, el magistrado Eduard Paricio, que es el ponente de la nueva sentencia, afirma que "no se puede cuestionar la legitimación de una persona singular para discutir la legalidad de una norma o una disposición general que le afecta, independientemente que esta pueda afectar también a otras personas". Añade que el uso docente de las lenguas en una clase o en un grupo tiene que ser definido por la escuela atendiendo el ordenamiento jurídico, sin excepción: el Decreto ley 6/2022 y la Ley 8/2022, "mientras estén formalmente vigentes, pero respetando también el resto de disposiciones legales, incluyendo la Constitución y el modelo de conjunción lingüística que esta norma impone".

 

Educación Física en castellano

En el caso denunciado, la hija del actor recibía en castellano las asignaturas de Lengua Castellana y de Educación Física. Aparte, se le prestaba atención individualizada en la misma lengua, y constaba, asimismo, que las comunicaciones y circulares enviadas a la familia se enviaban en lengua castellana, a partir de la medida cautelar impuesta por el TSJC, que añade: "Sea como sea, tenemos que considerar que la presencia del castellano es insuficiente, teniendo en cuenta conjuntamente la naturaleza de las materias y las horas lectivas impartidas en esta lengua."

El TSJC razona que "Educación Física es una más de las 8 áreas de la educación primaria, y que ha ido alcanzando una importancia lo bastante relevante en la educación y en la significación para el alumno, vista su vinculación con el deporte y también con la salud física y mental, según los contenidos atribuidos a esta materia. Ahora bien -manifiesta el TSJC- no es menos cierto que la utilización del lenguaje no tiene en esta asignatura la relevancia que tiene en las otras materias, de forma que probablemente se podría considerar que la utilización vehicular del castellano es inferior a la del inglés que, con el mismo número de horas lectivas, incluye dos materias curriculares obligatorias, en que el uso de la lengua es intensivo y de mucha relevancia".

El tribunal concluye que "aunque no se pueda utilizar un parámetro porcentual como pide el recurrente, el conocimiento preciso de la situación concreta de la alumna afectada permite en este caso establecer una garantía de adecuación del uso de las lenguas oficiales, de acuerdo con el sistema de conjunción lingüística en términos sustancialmente iguales a los solicitados, concretamente, reconociendo el derecho del actor que, mientras su hija permanezca escolarizada en el sistema educativo catalán, reciba de manera efectiva en castellano, aparte de la asignatura o materia correspondiente al aprendizaje de la lengua mencionada, una o unas materias o asignaturas adicionales que, por su importancia en el conjunto del currículum y su carga lectiva, puedan ser consideradas como principales".

Las normas recurridas al TC

El TSJC mantiene así la defensa de los derechos individuales en el caso educativo, mientras las dos nuevas normativas aprobadas por el Govern para superar la imposición de porcentajes en la escuela catalana están recurridas en el Tribunal Constitucional (TC) por parte de los partidos unionistas, como del mismo TSJC, que impuso los porcentajes de castellano a todas las escuelas del país, al asegurar que la nueva normativa no protege la oficialidad de la lengua castellana. El TC admitió a trámite el estudio de los artículos que se consideran no constitucionales y por ahora no hay fecha para su debate.

 

En la foto principal, el abogado José Domingo y la presidenta de la Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB), este martes. / Foto: Gerard Artigas / ACN