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Revés inesperado para Ana Duato. La Audiencia Nacional ha anulado la sentencia que absolvió a la actriz así como al productor Miguel Ángel Bernardeau de fraude fiscal en el llamado caso Nummaria, y ha ordenado que se repita el juicio contra ambos con un tribunal diferente. En su resolución, de 389 páginas, el tribunal estima el recurso presentado por la Abogacía del Estado contra la sentencia que los absolvió, al considerar que no justificó “en términos de lógica racional” las razones por las cuales los eximió de responsabilidad penal.

La Sala de Apelación de la Audiencia Nacional explica que la sentencia recurrida no justifica ni motiva en términos de lógica racional la absolución de ambos acusados y recuerda que, en el marco de las posibilidades que tienen como Sala de Apelación, no es posible revocar el juicio de culpabilidad efectuado por la sentencia recurrida, ni tampoco condenar.

Imanol Arias fue condenado

El mismo tribunal de la Audiencia Nacional que absolvió a Ana Duato y a su marido condenó al actor Imanol Arias a dos años y dos meses de prisión por los mismos delitos de los que se acusaba a la actriz. Arias pactó la pena con la Fiscalía. El actor admitió cinco delitos fiscales entre 2010 y 2013 y reingresó en la Agencia Tributaria 2.225.973 euros de la deuda, más los intereses de demora y la responsabilidad civil. Por el contrario, Ana Duato, que se enfrentaba a una pena de 16 años de prisión, defendió su inocencia durante el juicio y resultó absuelta. Según el tribunal, no había quedado probado que la actriz supiera que estaba incumpliendo su deber de contribuir conforme a lo dispuesto por el ordenamiento tributario.

Falta de motivación en la sentencia

Ahora, la Sala de Apelación ha estimado íntegramente el recurso del abogado del Estado en representación de la Agencia Tributaria contra la sentencia que absolvió a Duato y Bernardeu del presunto delito fiscal por defraudación del IRPF de los años 2010 a 2012, en el caso de ella, y de 2011, en el de él. En su sentencia, la Sala considera que no están suficientemente motivadas las afirmaciones de que no existió defraudación ni ocultación, cuando los ingresos que percibió a través de una sociedad instrumental que ella misma creó con la ayuda del asesor dieron lugar a cuotas del IRPF inferiores a las que correspondían al declararse como renta vitalicia. Además, considera insuficientes e injustificadas las referencias a sus dudas por haber acudido al asesoramiento fiscal especializado del asesor Fernando Peña.

Precisamente, la Sala rebaja en dos años la condena de 80 años de prisión al asesor fiscal y propietario del despacho Nummaria, Fernando Peña, al considerar que uno de los delitos fiscales por los que fue condenado está prescrito. Para Peña, la Sala de Apelación también ordena repetir el juicio, pero solo en la parte de cooperador necesario de los hechos por los que fueron acusados Duato y su marido, Bernardeu. Peña fue el ideólogo de la estrategia defraudatoria a través de estructuras societarias en España y en el extranjero.