Manuel Marchena y sus seis magistrados de la sala segunda han decidido que hubo sedición y no rebelión. La clave está en que consideran que la manifestación del 20 de septiembre y la movilización ciudadana para ir a votar el 1-O fue un "alzamiento tumultuario" que según el Código Penal "tiene la finalidad de derogar la efectividad de leyes o el cumplimiento de las órdenes o resoluciones de funcionarios en el ejercicio de sus funciones".

La sentencia dice claramente que el 1 de octubre de 2017 estuvieron lejos de una pacífica y legítima manifestación de protesta". Y que "la hostilidad desplegada hizo inviable el día 20 de septiembre que los funcionarios dieran cumplimiento con normalidad a las órdenes del Juzgado núm 13 de instrucción de Barcelona, ocasionando miedo real". Concluye que "es violencia para conseguir la secesión".

Los consellers encarcelados y Carme Forcadell se llevan las penas más altas. A partir del cumplimiento de la cuarta parte de la pena empezarán a tener permisos y el posible tercer grado, con el que sólo van a la prisión a dormir. Eso quiere decir que los jordis podrían salir por Navidad.

La malversación ha caído para Carles Mundó, Meritxell Borras y Santi Vila y por lo tanto no entrarán en la prisión. Quedarán inhabilitados, como el resto. Eso quiere decir que según las penas, estarán años sin poder optar a ningún cargo público.

Y dos datos importantes:

El tribunal no ha tenido en cuenta buena parte de los testigos del 20-S y del 1-O, tanto de ciudadanos como de policías. ¿Por qué? "Porque ofrecieron una versión filtrada por una profunda carga emocional".

Y Marchena hace un alegato político en el punto 14 de los hechos probados: "Los ilusionados ciudadanos que creían que un resultado positivo del llamado referéndum de autodeterminación conduciría al anhelado horizonte de una república soberana, desconocían que el «derecho a decidir» había mutado y se se había convertido en un atípico «derecho a presionar».