El Tribunal Supremo estudia un artículo del Reglamento Penitenciario catalán que afecta a aquellos presos clasificados con el tercer grado. En concreto, incumbe a todos aquellos a quienes se les aplica el artículo 86.4, que pueden permanecer las 24 horas del día fuera de la prisión, sin pasar las noches entre rejas, siempre y cuando acepten un control telemático. Se trata de una situación que algunos magistrados creen que tiene "cierto paralelismo con una suerte de libertad condiciona" y que ahora el Supremo estudiará.

Según detalla El Mundo, la Sala de lo Penal del Alto Tribunal debe resolver la cuestión de competencia planteada por la Audiencia de Barcelona sobre qué órgano debe resolver los recursos de la Fiscalía contra la aplicación del 86.4 del Reglamento Penitenciario. El artículo, que también se aplica por la Administración Penitenciaria Central, podría afectar a los presos políticos del 1-O.

Los argumentos de la Fiscalía

 

El informe de la Fiscalía, publicado por El Mundo, advierte de que "se trata de una modalidad de clasificación en tercer grado que, evidentemente, afecta a la ejecución de la pena, pues incluso puede vaciar la misma y ser una forma para que la Administración Penitenciaria otorgue de forma encubierta libertades condicionales".

El Ministerio Público advierte que "resulta contrario a la norma considerar que una decisión que implica la excarcelación y la ausencia de las notas de retención y custodia sea entendida como materia de exclusivo régimen, cuya resolución administrativa no debería ser notificada al ministerio fiscal, no siendo por lo tanto susceptible de recurso, permitiendo a la Administración Penitenciaria, a través del artículo 86.4, otorgar una situación similar a la libertad condicional sin cumplir los requisitos que exige el Código Penal, comportando una modificación sustancial sobre lo que es una decisión judicial y firme de privación de libertad exenta de cualquier tipo de control de legalidad".

Ahora, el Supremo deberá decidir próximamente sobre este tipo de tercer grado.

Un caso 

Entre los casos más relevantes en la aplicación de este artículo está el tercer grado con control telemático que se otorgó al ex socio de Iñaki UrdangarinDiego Torres. La Fiscalía recurrió esta medida, pero el recurso fue desestimado en un primer momento por el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 5 de Cataluña. Ante eso, el ministerio recurrió a la Audiencia de Palma, que se declaró incompetente para decidir. Por eso, ahora la pelota está en el tejado del Supremo.

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Imagen: Diego Torres durante la entrada en un juicio / EFE

Imagen principal: El Tribunal Supremo de Madrid / EFE