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¡Amnistiados! Finalmente, el Tribunal de Cuentas ha absuelto a los presidents Carles Puigdemont y Artur Mas y al exvicepresidente Oriol Junqueras, junto con una treintena de excargos, de la reclamación contable por la organización del 1-O y la promoción de Catalunya en el exterior, según ha comunicado este miércoles a los afectados y denunciados por Societat Civil Catalana. La consejera del Departamento Segundo de Enjuiciamiento, Elena Hernáez, les aplica la amnistía al constatar que el gasto "no se hizo con fondos europeos". También ha levantado las medidas cautelares, que consistían en la imposición de una fianza de unos 5 millones de euros, según el fallo al que ha tenido acceso ElNacional.cat. Los cargos políticos tuvieron que aportar los avales de propiedades particulares, hasta que la Caixa de Solidaritat y el Institut Català de Finances (4.283.438 euros) se hicieron cargo de estas aportaciones, que ahora tienen que ser devueltas. 

No obstante, la sentencia no es firme y se puede presentar recurso de apelación en la Sala de Justicia del Tribunal de Cuentas, y después en casación al Tribunal Supremo, en la jurisdicción contencioso-administrativa. Seguramente la entidad españolista presentará recurso contra la aplicación de la norma del olvido penal, puesto que es la única que se ha opuesto desde la aprobación de la ley, hace dos años. La Fiscalía y la Abogacía del Estado han estado de acuerdo en archivar la causa, sobre todo después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) validó la ley. La Generalitat también se personó en el procedimiento y pidió su archivo al asegurar que las arcas públicas no estaban afectadas.

 

Sin fondos europeos

En la sentencia, de 69 páginas, la consejera recoge en los hechos probados que el gasto por el 1-O y la promoción de Catalunya entre los años 2011 y 2017 fue hecho, y que ninguna parte lo discute. El gasto irregular del 1-O es cifrado en 2.884.865 euros de fondos públicos y el de la promoción exterior de Catalunya, en  2.424.941 euros por parte de Societat Civil Catalana, mientras la Fiscalía lo rebajó a 3.093.199 euros.

Añade: "No ha resultado acreditado que se hayan utilizado fondos procedentes del presupuesto de la Unión Europea, ni administrados por esta o por cuenta de esta" para realizar los gastos del 1-O. Un extremo que Societat Civil Catalana quería hacer investigar ahora para alargar el procedimiento. Precisa que así resulta de los certificados expedidos por la Intervención General de la Generalitat de Catalunya en fechas 28 y 31 de julio, y 6 de agosto de 2026, aportados junto con los escritos de alegaciones presentados en el trámite de audiencia, por las representaciones procesales de determinados codemandados.

En la sentencia, la consejera también hace referencia a la resolución del TJUE, del julio pasado, que da respuesta a las ocho prejudiciales que le planteó ella sobre la ley de amnistía y recuerda que el tribunal europeo admite preguntas del Tribunal de Cuentas. Los abogados Gonzalo Boye y Marc Marsal habían cuestionado esta capacidad porque el Tribunal de Cuentas no es un órgano jurisdiccional y su funcionamiento no es lo bastante transparente ni imparcial, a su parecer.

Finalmente, la consejera justifica que dio un trámite de audiencia después de la sentencia del TJUE y que el gasto con fondos europeos no se investigó porque no era importante hasta la aprobación de la ley de amnistía, ya que era un elemento excluyente. Y concluye: "A la vista del contenido del citado artículo 1.1 de la LOA, resulta claro que están incluidos dentro del ámbito de aplicación de esta ley los hechos que constituyen el objeto del presente procedimiento de reintegro por alcance".