El Tribunal Constitucional no resolverá los recursos de amparo de los líderes del procés sobre la amnistía hasta después del verano. Así lo han asegurado fuentes del tribunal a la ACN, justo después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) anunciara que su pronunciamiento será el 16 de julio. Desde el TC consideran que no hay suficiente tiempo de margen para abrir las deliberaciones en el último pleno del curso, que empezará el lunes 20 de julio. Por lo tanto, prevén empezar a debatir la cuestión después de las vacaciones de verano, en septiembre, cuando se reanude el curso judicial.
Con su sentencia, el TJUE establecerá los criterios jurídicos sobre cómo hay que aplicar la ley de amnistía. La decisión servirá de base para que el TC debata sobre los recursos de amparo presentados por Carles Puigdemont, Oriol Junqueras, Jordi Turull, Raül Romeva, Dolors Bassa, Toni Comín y Lluís Puig contra la decisión del Tribunal Supremo de no aplicarles la amnistía. En concreto, los magistrados tendrán que resolver si el Tribunal Supremo vulneró los derechos fundamentales de los líderes independentistas cuando estableció criterios para dejarlos fuera de la aplicación de la ley y dictaminó, entre otras cuestiones, que no se podía amnistiar el delito de malversación.
Los precedentes en el Tribunal Constitucional
En febrero, la Fiscalía y la Abogacía del Estado pidieron al Tribunal Constitucional la amnistía para Carles Puigdemont, regañando al Tribunal Supremo, que siempre se ha opuesto. Concretamente, los dos organismos acusaban a este tribunal de una interpretación "irrazonable" y "arbitraria" de la ley al rechazar amnistiar el delito de malversación al president de Junts, y argumentan que la norma busca precisamente perdonar los delitos relacionados con el procés —excluyendo solo los casos de enriquecimiento personal. Pocos días antes, el Constitucional había decidido mantener la orden de detención de Puigdemont mientras analiza si se le debe aplicar la amnistía, y que tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado se opusieron a su aplicación de manera cautelar.
Por otra parte, a finales de 2025, el Constitucional estimó "parcialmente" la cuestión de inconstitucionalidad promovida por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo en relación con la ley de amnistía. Es decir, rechazó el grueso de las alegaciones del Supremo, que calificó la norma de "golpista". El alto tribunal español —entonces presidido por Manuel Marchena— presentó la consulta al TC al considerar que la norma del olvido penal vulneraba el derecho a la igualdad ante la ley, ya que exponía que la norma recoge el perdón a los independentistas catalanes, pero no de quien defendió todo lo contrario: la unidad de España.
