El Tribunal Constitucional se plantea indemnizar a los presos políticos que queden absueltos después de un juicio, asegura el diario El Mundo. El rotativo recuerda que casi nunca se indemnizan casos como este porque la ley limita las compensaciones a los pocos casos en los que no sólo se absuelve el acusado o se archiva el caso antes del juicio, si no que concluye que el delito nunca se había cometido.

Ahora, los magistrados del TC estudiarán la anulación del apartado de la Ley Orgánica del Poder Judicial que establece estas limitaciones en las indemnizaciones. Fuentes consultadas por el citado medio aseguran que esta anulación se analizará después de recibir un recurso de amparo contra la negativa a indemnizar a un hombre que, después de un año en la prisión, quedó absuelto.

La decisión de los magistrados de anular este apartado de la Ley para no limitar tanto las indemnizaciones se hará a pesar del criterio en contra de la Fiscalía, el gobierno español y la Abogacía del Estado. La Abogacía indica que si se siguiera el criterio que ahora propone el TC "se tendría que indemnizar en cualquier caso de sobreseimiento o absolución mediante prisión preventiva, lo cual deslegitimaría completamente la institución de la prisión preventiva". En la misma línea, apunta El Mundo, el Ministerio de Justicia también estaría preocupado por las consecuencias de la decisión.

El TC cree que la actual ley sobre las indemnizaciones podría estar vulnerando tres artículos de la Constitución. La actuación del Constitucional es consecuencia de varias sentencias de Estrasburgo; el alto tribunal no reconoce como tal un derecho a ser indemnizado por prisión provisional, pero no considera aceptable distinguir entras absueltos de primera (cuándo la sentencia refleja la indudable inocencia del acusado) y absueltos de segunda (por falta de prueba suficiente).