El Tribunal Supremo ha dictado este jueves un auto de apertura de juicio oral contra José Luis Ábalos, Koldo García y Víctor de Aldama por el caso de compra de mascarillas durante la pandemia de la covid-19. El exministro y exsecretario de Organización del PSOE y su exasesor continuarán en prisión preventiva comunicada y sin fianza. El empresario, por su parte, deberá continuar compareciendo ante un juzgado cada 15 días. Serán juzgados por la Sala Segunda del alto tribunal. Se les acusa de los delitos de integración en organización criminal, cohecho, aprovechamiento de información privilegiada, tráfico de influencias, malversación de fondos públicos, falsedad documental y prevaricación. En el auto al que ha tenido acceso este periódico, el juez insta a Ábalos y a Koldo a pagar en un plazo de cinco días hábiles una fianza de 60.000 euros para "asegurar las responsabilidades pecuniarias que pudieran serles impuestas"; en caso contrario, se les embargaran bienes.
El Supremo ha dictado este auto al día siguiente de que la Sala de Apelaciones desestimara por unanimidad los recursos de Ábalos y Koldo contra la decisión del juez Leopoldo Puente de procesarlos. Sostenía que hay indicios suficientes de responsabilidad criminal de ambos en la trama de los contratos para la compra de mascarillas durante la pandemia del coronavirus. Rechazaba todos los argumentos de la defensa. Según los magistrados, las alegaciones de los abogados de Ábalos y Koldo no deshacen “la solidez de los indicios señalados por el instructor”. “Ni el instructor ni esta sala de apelación estamos llamados a juzgar prematuramente; solo a preparar el juicio una vez constatada la existencia de una base indiciaria racional y suficiente”, sostenían los magistrados.
Así, los magistrados avalaban el paso hacia el procedimiento abreviado, porque “no tiene sentido alargar una investigación cuando no solo hay personas en situación de prisión preventiva, sino que, además, no es pronosticable que estas diligencias derriben el nivel indiciario indispensable para la apertura del juicio oral”.
El Congreso suspende a Ábalos como diputado
A raíz de esta confirmación de su procesamiento, la condición de Ábalos como diputado volvió a ser motivo de discusión este miércoles en el Congreso. Desde la cárcel, el exministro envió un escrito a la Mesa de la cámara baja pidiendo que le dejen votar telemáticamente en el Pleno que se celebra esta semana. Argumentaba que, según él, continúan “intactos” sus “derechos, deberes y prerrogativas parlamentarias”. Sin embargo, la Mesa se reunió a última hora “para aplicar el reglamento” y, por tanto, para suspenderle como diputado. Con esta decisión, la mayoría de Pedro Sánchez en este hemiciclo se debilita.
Esta suspensión no implica la pérdida de la condición de diputado, pero sí de su sueldo, el derecho a la asistencia a las sesiones de la cámara y poder votar. Pero como mantiene su acta como parlamentario, continúa computando en las votaciones, a pesar de no tener derecho a voto. Actualmente, hay en el hemiciclo 350 diputados y la ajustadísima aritmética que dejaron las elecciones generales del 23-J del 2023 permitía al Gobierno ganar iniciativas si Junts per Catalunya se abstenía en una votación; aquellas en las que solo hace falta una mayoría simple. Con el voto de Ábalos, los ‘Sí’ se imponían a los ‘No’ por 172 a 171 votos. Pero sin el voto del exministro se produce un empate a 171, lo que hace decaer una medida. En plena ruptura de relaciones entre PSOE y Junts, los socialistas no pueden ni tan solo aspirar a un escenario en el que los independentistas se abstengan en una medida. Necesitan su ‘Sí’ sea como sea.