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El Tribunal Supremo ha amnistiado a la primera consellera del Govern de Carles Puigdemont, la republicana Meritxell Serret, condenada por desobediencia. ERC se ha mostrado satisfecha por la decisión del alto tribunal de aplicar la ley de amnistía a la exconsellera de Agricultura, una decisión que "avala la estrategia sólida" seguida con la norma aprobada en el Congreso. A partir de la sentencia "contundente" del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, era "inevitable" que el Supremo diera este paso, que ahora espera que se repita con el resto de causas aún abiertas, según la formación. Un año después de que el Constitucional avalara la ley de amnistía, el Supremo finalmente ha aplicado la norma a la exconsellera.

Meritxell Serret fue condenada por el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) a finales de abril de 2023 a un año de inhabilitación y 12.000 euros de multa por la organización del 1 d'Octubre. La sentencia sostenía que la exconsellera había sido notificada personalmente hasta cinco veces por el Tribunal Constitucional, que suspendió diversas resoluciones del Govern y del Parlament referidas al referéndum y al procés, entre ellas el mismo decreto de convocatoria del 1-O y las leyes de desconexión. "La acusada era perfecta conocedora de la ilegalidad de todas las decisiones que le fueron objeto de notificación y requerimiento por parte del TC, ignorando de forma consciente y deliberada lo ordenado por el TC, decidiendo no llevar a cabo ninguna actuación para dejar sin efecto las normas impugnadas, como tampoco realizar ningún tipo de propuesta de nulidad de las mismas", argumentaba el alto tribunal de Catalunya.

El Supremo y el Constitucional

Meritxell Serret recurrió contra la sentencia y un año después, en junio de 2024, se aprobaba la ley de amnistía. Ante esto, el 16 de enero de 2025 el Tribunal Supremo acordó suspender la aplicación de la amnistía hasta que el Tribunal Constitucional resolviera definitivamente la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el mismo TS. El Constitucional avaló la ley, pero estimó parcialmente aquel recurso. Concretamente, el que hace referencia al artículo 1.1 de la ley, que establece que quedan amnistiados todos los actos realizados con la intención de reivindicar, promover o conseguir la secesión o la independencia de Catalunya, siempre que se hayan ejecutado en el marco del procés independentista catalán entre el 1 de noviembre de 2011 y el 13 de noviembre de 2023. En concreto, el tribunal consideraba inconstitucional que se dejara fuera de la amnistía "un grupo de personas que, desde el punto de vista de la causa y finalidad legitimadora de la ley, es perfectamente equiparable a lo que resulta incluido". Pero dado que la inconstitucionalidad "no se encuentra en lo que la norma establece, sino en lo que omite", el Constitucional se abstuvo de declarar su nulidad, estableciendo, en lugar de ello, que "las disposiciones de la ley se deben entender aplicables, con las mismas condiciones, límites y requisitos que las normas establecen, a quienes hicieron los actos amnistiables con la finalidad de oponerse a la secesión o independencia de Catalunya".

Una vez resuelta la cuestión, el Tribunal Supremo considera ahora que los hechos que dieron lugar al procedimiento, es decir, la participación de Meritxell Serret en el 1-O, "no ofrecen duda en cuanto a la subsunción en el artículo 1.1 de la ley orgánica 1/2024", la ley de amnistía. "Se cumple, en consecuencia, con el ámbito objetivo de aplicación" de la medida de gracia, "que no contraviene, según lo ha establecido el Tribunal Constitucional en los términos expresados, la Constitución española". Por todo ello, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo acuerda declarar amnistiados "los actos por los que ha resultado acusada la señora Meritxell Serret i Aleu y, en consecuencia, se declara extinguida la responsabilidad penal que pudiera haber contraído".

 

Meritxell Serret estuvo tres años exiliada en Bruselas. Volvió a Catalunya en marzo de 2021 para ponerse a disposición del Tribunal Supremo, al ver clarificado su horizonte procesal después de que los exconsellers Carles Mundó, Meritxell Borràs y Santi Vila, con un rol similar al suyo en el 1‑O, fueran condenados solo por desobediencia —sin penas de prisión— y no por malversación.

ERC reclama que se aplique la ley

ERC ha mostrado la satisfacción por la decisión del Supremo, una decisión que, a juicio de los republicanos, "avala la estrategia sólida seguida con la ley de amnistía". La formación opina que "a partir de la contundente sentencia del TJUE, ya era inevitable que por fin el Tribunal Supremo hiciera lo que debería haber hecho desde el primer día: aplicar la ley de amnistía aprobada en el Congreso de los Diputados". Así, considera que ahora, "inmediatamente", debe pasar lo mismo con el resto de causas, "para poder restaurar todos los derechos políticos de todas las personas represaliadas, que los exiliados puedan volver a casa, y poder discutir política y democráticamente sobre el conflicto entre Catalunya y el Estado español sin represión".