El presidente en el exilio Carles Puigdemont no se ha cortado un pelo a la hora de responder al portavoz del PSOE en la Asamblea de Madrid, Juan Lobato, que ha asegurado sentir vergüenza del hecho de que "España no haya podido extraditar a Puigdemont". El también eurodiputado independentista ha recordado que fue el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, quien hizo de su extradición "una promesa electoral, ignorando las normas básicas de funcionamiento de un estado de derecho". Puigdemont lo tiene claro: "Si leyeran la sentencia alemana quizás lo entenderían mejor y se ruborizarían por otras cosas".

En una entrevista en Onda Cero este martes, Lobato ha explicado que sintió vergüenza cuando "España no tuvo la capacidad para traer y juzgar al expresidente Puigdemont" después de la celebración del referéndum de 2017. El dirigente socialista ha respondido así al ser preguntado por la reforma del delito de malversación. "Que un país europeo no nos mande a una persona que ha hecho lo que ha hecho al Estado, Puigdemont, es porque tenemos una normativa que no es homologable a la que ellos tienen. Eso fue vergonzoso y hay que arreglarlo".

Pedro Sánchez, satisfecho con la reforma

Precisamente a finales del pasado mes de diciembre, Pedro Sánchez recalcó que con la reforma del delito de malversación, este se homologa "conforme a las principales democracias europeas". "Creo que es importante recordar que los conflictos políticos se tienen que sustanciar al terreno político y no en los juzgados", dijo Sánchez durante la rueda de prensa de balance del año político después del último Consejo de Ministros del 2022. En este punto, Sánchez remarcó que se trata de "superar lo que pasó en 2017 y que no vuelva a pasar" y subrayó que la reforma tiene una disposición transitoria para que no se rebajen las penas en delitos de corrupción.

Socialistas y republicanos acordaron una de las modificaciones del Código Penal que han generado más debate, la del delito de malversación. La reforma distingue entre varios tipos de malversación según si hay ánimo de lucro personal o no, y rebaja sustancialmente —pero no despenaliza— los casos de autoridades que destinan dinero público a una finalidad diferente de la que estaban asignados. Si en estos casos hay un "daño o entorpecimiento grave del servicio" al que iba destinado el dinero se establecen penas de uno a cuatro años de prisión. Si no es "grave" solo inhabilitación de hasta tres años.