El PP ha decidido esperar a una decisión judicial firme del caso Kitchen para tomar más medidas contra el exministro del Interior Jorge Fernández Díaz, según han señalado fuentes de la cúpula del partido este lunes. El exministro ya fue suspendido de militancia provisionalmente en julio del 2021, cuando el juez lo procesó por esta investigación sobre el espionaje parapolicial al extesorero del PP Luis Bárcenas, y ahora los populares han optado por esperar al fallo judicial del caso. Este pronunciamiento del partido ha llegado después de que la Audiencia Nacional diera por cerrada de manera definitiva la investigación de la Operación Kitchen el pasado viernes, descartando indagar más sobre la supuesta participación de la exsecretaria general del partido María Dolores de Cospedal. La decisión de la Audiencia Nacional coincidió con la presentación del escrito de acusación de la Fiscalía de Anticorrupción, que pide condenar Fernández Díaz a 15 años de prisión.

Después de varios días con informaciones sobre Fernández Díaz, fuentes de la dirección del PP han asegurado que en Génova están "muy tranquilos" y se han mostrado "implacables" contra la corrupción. En este sentido, desde el equipo de Alberto Núñez Feijóo han indicado que esperan que la Justicia actúe si alguien "ha utilizado el poder para cuestiones que no son legítimas", según han añadido las mismas fuentes.

¿Qué dicen los Estatutos del PP?

El PP, liderado entonces por Pablo Casado, comunicó en julio de 2021 esta suspensión provisional de militancia al exministro, actuando según lo que marcan los Estatutos del partido. Unos meses antes, en septiembre del 2020, cuando Fernández Díaz fue imputado por el caso Kitchen, la formación ya le abrió un expediente informativo.

De hecho, los Estatutos del PP señalan que se producirá la pérdida de la condición de afiliado al "ser condenado por un delito mediante sentencia judicial firme con el informe previo del Comité de Derechos y Garantías y atendiendo la gravedad del delito". Asimismo, según informa Europa Press, el artículo 16 de las reglas internas del PP recoge que cometer una infracción "muy grave" es que algún miembro del partido incurra "en cualquier forma de corrupción en el ejercicio de cargos públicos" o haya "condena por un delito que por su naturaleza o por las circunstancias en que se haya cometido se considere incompatible con las obligaciones y los deberes éticos establecidos en estos Estatutos".

En esta línea, el partido precisa que las infracciones muy graves serán sancionadas con las siguientes medidas: "suspensión de afiliación por un periodo de tiempo entre cuatro y seis años; inhabilitación para ejercer cargos en el seno del partido o en representación de este por igual periodo de tiempo; expulsión del partido". Además, detalla que la primera sanción y la segunda no son "excluyentes entre sí".