El Catedrático de Derecho Constitucional Javier Pérez Royo ha criticado duramente la decisión de la Junta Electoral Central (JEC) de excluir de la lista de Junts per Catalunya en las próximas elecciones europeas a Carles Puigdemont, Toni Comín y Clara Ponsatí asegurando que la decisión del organismo electoral “carece de cualquier fundamentación jurídica”.

En un artículo titulado precisamente Puigdemont y la falta de fundamentación jurídica de la Junta Electoral Central publicado en el Diario.es, el catedrático defiende que los tres candidatos -que han sido sustituidos provisionalmente por Gonzalo Boye, Xavier Trías y Bea Talegón-, “están en pleno uso de sus derechos políticos y no han hecho hasta el momento otra cosa que ejercer los derechos fundamentales de los que son titulares como ciudadanos españoles”, recordando que la misma Constitución Española, en su artículo 19, protege la libre elección de residencia así como entrar y salir libremente de España, un derecho que “no podrá ser limitado por motivos políticos e ideológicos”.

Pérez Royo considera que en observancia a ese artículo, los tres candidatos tenían derecho a cambiar su lugar de residencia a finales de 2017 a Bélgica y Escocia y que, posteriormente a estos hechos, la justicia española dictó ordenes de detención contra ellos, a lo cual los tres respondieron poniéndose a la disposición de la justicia belga y escocesa en su legítimo derecho a la defensa.

Es por ello, prosigue Pérez Royo, que “Puigdemont, Comín y Ponsatí no se han declarado en rebeldía ni han huído de la acción de la justicia”, puesto que “han comparecido ante la autoridad judicial competente, belga, alemana o escocesa, siempre que se ha requerido su presencia”.

Además, el catedrático recuerda que hasta el momento, “solo la justicia alemana se ha pronunciado sobre la orden de detención y entrega dictada por el Juez Instructor español, autorizando la entrega de Carles Puigdemont para que pudiera ser juzgado por un eventual delito de malversación, pero no por rebelión o sedición”, o lo que es lo mismo, el Supremo podría estar juzgando en este momento a Puigdemont si hubiese acatada la decisión judicial alemana.

“No ha sido, pues, Carles Puigdemont quien ha huido de la justicia española, sino la justicia española la que ha huido de la justicia alemana”, prosigue Pérez Royo, porque “es el Tribunal Supremo el que no está dispuesto a aceptar la autoridad de los tribunales de los demás países de la Unión Europea”.

“La conducta de Carles Puigdemont fijando su residencia en Bélgica y recurriendo la orden de detención y entrega del Juez Instructor español es jurídicamente impecable”, afirma Pérez Royo, que añade que “Puigdemont no está en rebeldía, ni está siendo juzgado en rebeldía en el Tribunal Supremo, algo, por lo demás, imposible para delitos que puedan comportar una pena superior a dos años”. Por todo ello, recomienda el “recurso contencioso-administrativo electoral ante el Tribunal Supremo” y deja la puerta abierta a una resolución favorable a los intereses de Puigdemont, Comín y Ponsatí.