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Inesperado empujón para la defensa del president Carles Puigdemont. El abogado Gonzalo Boye ha esgrimido la resolución dictada este martes por el juez instructor Pablo Llarena como argumento para frenar la persecución del Tribunal de Cuentas. Llarena reiteraba en su escrito las razones para la no aplicación de la amnistía a Puigdemont con la vista puesta en la decisión final del Tribunal Constitucional. No obstante, el juez instructor sí que admitía que la sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de la UE el pasado julio, en la que se descartaba que con el procés independentista se hubieran visto afectados fondos de la UE, "impide" que se mantenga este argumento para denegar la aplicación de la amnistía. Boye ha utilizado estas afirmaciones para presentar unas alegaciones complementarias al escrito que ya había formulado el martes ante el Tribunal de Cuentas (TCu) para pedir la aplicación de la amnistía.

El abogado de Puigdemont recuerda que el Supremo ha sido uno de los órganos que en el orden penal sostiene una interpretación más restrictiva de la aplicación de la ley de amnistía a Puigdemont y, por esta razón, subraya con mayor énfasis la contundencia con que Llarena se pronuncia sobre la decisión del TCu. Recuerda que el juez instructor admite que "en este punto, la objeción de las defensas es fundamentada" y que la decisión sobre la amnistía "no puede seguir apoyándose en la hipótesis de reducción de ingresos europeos por una eventual independencia".

Precisamente, las nuevas alegaciones de Boye responden a la petición de la consejera del Tribunal de Cuentas Elena Hernáez, que dictó la semana pasada un nuevo trámite de cinco días para las defensas. En aquel escrito, la consejera del TCu rechazaba haber sido interpelada por la sentencia de julio del TJUE. El Tribunal de la UE, al validar la amnistía, apuntó que la obligación de los órganos jurisdiccionales es resolver la extinción de la responsabilidad sin valorar alegaciones o pruebas exculpatorias.

Consecuencia inmediata

 

Boye asegura que la consecuencia de la resolución de Llarena en el procedimiento que se sigue ante el Tribunal de Cuentas "es inmediata". Recuerda, recogiendo las palabras del juez instructor, que el hecho de que el procedimiento se mantenga abierto en el Supremo no comporta que también deba continuar en el Tribunal de Cuentas. "La ley distribuye la aplicación de la amnistía entre los órganos competentes para cada responsabilidad. Por ello, la decisión del Tribunal de Cuentas debe ser atendida conforme a su contenido y alcance, pero no sustituye la decisión que corresponde adoptar al órgano penal. La Abogacía del Estado y el Ministerio Fiscal coinciden en esta distinción", concluye el juez instructor.

En cuanto al segundo argumento esgrimido por el Tribunal de Cuentas, Boye reitera la advertencia sobre posibles recursos ante la denegación de la amnistía con el argumento de que hubo una malversación con propósito de beneficio personal. En el escrito que presentó el pasado martes, la defensa de Puigdemont insistía en que la Generalitat de Catalunya, actualmente gobernada por el PSC y supuestamente perjudicada, ha reiterado recientemente ante el TCu que no tuvo perjuicio por las acciones realizadas durante el procés.

Finamente, Boye, en respuesta a las alegaciones de Societat Civil Catalana —"financiada por ves a saber quién", puntualiza—, señala que el Supremo admite que el TJUE no prohíbe comprobar si se dan los requisitos para la amnistía, pero no autoriza a prolongarlo indefinidamente; y añade que el Supremo ha dictado que, una vez se concluye que las conductas juzgadas entran dentro de esta ley, "el órgano judicial debe concluir el procedimiento sin continuar el examen de las alegaciones y pruebas exculpatorias".

Por todo ello, en sus alegaciones complementarias, el abogado pide que el TCu tenga en cuenta la resolución del juez instructor y las añada a las que ya había formulado el martes para dictar "sin más dilación" extinguida la responsabilidad contable y absuelva a Puigdemont.