El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha rechazado dos nuevos recursos del expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero relacionados con la pieza separada que investiga las joyas encontradas en una caja fuerte de su despacho de Ferraz, valoradas en más de 1,3 millones de euros. El magistrado ha descartado que Zapatero sufriera indefensión por no haber aplazado su declaración judicial y también ha avalado que las acusaciones populares continúen personadas en esta parte del caso Plus Ultra, abierta por posibles delitos contra la Hacienda Pública y de contrabando.
La defensa del expresidente sostenía que había dispuesto de muy poco tiempo para preparar la comparecencia, ya que la pieza separada se abrió el 12 de junio después de que un informe pericial fijara el valor de las joyas. Según su abogado, la aparición de posibles nuevos delitos modificaba el alcance de la investigación y exigía más tiempo para estudiar las actuaciones.
Calama, sin embargo, considera que la nueva pieza no incorporó hechos desconocidos ni elementos inesperados. El juez recuerda que las joyas ya habían sido intervenidas durante el registro del despacho y que tanto el acta de la intervención como la tasación constaban en el procedimiento principal y eran accesibles para la defensa. "Difícilmente se puede sostener que un señalamiento efectuado con estos márgenes temporales comporte ningún perjuicio para el derecho de defensa", señala el magistrado en su resolución.
El juez añade que el recurso debía limitarse a determinar si la negativa a aplazar la comparecencia había vulnerado los derechos de Zapatero. En cambio, considera que la defensa intentó introducir otras cuestiones, como la conveniencia de abrir la pieza separada, la delimitación de su objeto o la legitimación del resto de partes personadas.
Las acusaciones populares continúan en la causa
Calama también ha rechazado la petición de apartar las acusaciones populares de la investigación sobre las joyas. La representación de Zapatero alegaba que, en un posible delito contra la Hacienda Pública, la defensa de los intereses patrimoniales del Estado corresponde a la Abogacía del Estado y no a entidades o partidos personados como acusación popular.
El magistrado ha seguido el criterio de la Fiscalía Anticorrupción y de la Abogacía del Estado, que defendían que la posible condición de perjudicada de la Agencia Tributaria no impide la intervención de las acusaciones populares durante la fase de instrucción. El PP dirige esta representación conjunta, de la que también forman parte Vox, Ciudadanos, Iustitia Europa y Hazte Oír, entre otras organizaciones.
La defensa había invocado las doctrinas Botín y Atutxa, pero Calama sostiene que estas resoluciones no establecen una prohibición general para que la acusación popular participe en la investigación. Según el juez, hacen referencia a la posibilidad de pedir en solitario la apertura de un juicio oral en determinadas circunstancias, no a la legitimación para intervenir durante la instrucción. "La defensa institucional del erario público corresponde a la Abogacía del Estado y la acusación popular no puede sustituirla en la reclamación de responsabilidades civiles ni en la defensa patrimonial del Estado. Pero esta afirmación no implica, ni expresamente ni implícitamente, que la acusación popular no tenga legitimación para intervenir en la investigación penal de los delitos contra la Hacienda Pública", concluye la resolución.
