La fiscalía ha presentado hoy el recurso contra la sentencia que absuelve al ex primer teniente de alcalde de Badalona Jose Téllez, que después de un acto de Òmnium Cultural, cuando la policía había requisado carteles, los sacó del vehículo de la Guardia Urbana.
El ministerio público alega que "la desobediencia lo que realmente ha de suponer es una conducta decida terminante, dirigida a impedir el cumplimiento de lo que se dispone de manera clara y contundente".
En primera instancia, lo justicia la había condenado por desobediencia, pero la Audiencia de Barcelona estimó el recurso de Téllez y lo acabó absolviendo. Ahora, el ministerio público lleva el caso hasta el Tribunal Supremo, que tendrá la última palabra. El escrito, firmado por la fiscal María Ángeles Garrido Lorenzo, considera que Téllez desobedeció porque buscaba que la Guardia Urbana devolviera los carteles decomisados para que se volvieran a utilizar, "aunque aquello comportara incumplir las órdenes del fiscal de la Audiencia Provincial y del fiscal del TSJC".
Los hechos pasaron en Badalona por unos carteles del referéndum que acabarán en una decisión firme del Tribunal Supremo. Los hechos se remontan a la noche del 25 de septiembre del 2017, pocos días antes del referéndum del 1-O, cuando Téllez recriminó a la Guardia Urbana que retirara unos carteles y los cogió del coche policial y los volvió a repartir entre los que los estaban colgando. Los hechos se produjeron ante la presencia de Cuixart, que estaba en Badalona por un acto de Òmnium Cultural. Cinco personas habían colgado tres carteles en la céntrica avenida Francesc Layret de Badalona con los lemas "Hola Europa" y "Hola República", que incluían la palabra "sí".
En aquel momento, estaba vigente una orden de la fiscalía que ordenaba a todos los cuerpos policiales, incluidos los locales, que decomisaran todos los elementos que sirvieran para preparar, instar a la participación y hacer difusión del referéndum.
En primera instancia, lo condenaron por desobediencia a pagar una multa de casi 4.380 euros por retirar los carteles del coche policial. Pero Téllez recurrió a la Audiencia de Barcelona, que le dio la razón y lo absolvió. Según la argumentación de la Audiencia, no constaba ningún "requerimiento expreso" hacia él para que no cogiera el material dentro del coche. Además, el tribunal creía que "no hay prueba de cargo" para enervar la presunción de inocencia y, en consecuencia, estimó el recurso de Téllez y lo absolvió.