Querían una reforma "quirúrgica" para que no beneficiara la corrupción. Y eso ha registrado Esquerra Republicana este viernes por la mañana en el Congreso de los Diputados, horas antes que finalizara el plazo de presentación de enmiendas a la reforma del Código Penal. Además de la supresión del delito de sedición, proponen dividir el delito de malversación como antes de 2015 entre los casos en que hay enriquecimiento propio o de terceros y los que no. Siendo conscientes de que una ley de amnistía no tiene los números, desde Calabria quieren conseguir al menos sus efectos prácticos. En este caso, hacer que este delito no sea aplicable al 1-O, en ninguno de los dos supuestos. La vista está puesta en los exiliados y cargos procesados. En el caso de los dirigentes indultados, se les revisaría el tiempo de inhabilitación. Las enmiendas no han sido acordadas con el Gobierno; ahora empieza la negociación y sigue la tramitación parlamentaria con rapidez.

¿Cómo se traduciría eso en el Código Penal? Se añadiría un nuevo artículo, el 432bis, que quedaría redactado de la siguiente manera: "La autoridad o funcionario público que, sin ánimo de apropiarse, destina a usos particulares y ajenos a la función pública, el patrimonio público puesto a cargo suyo en razón de sus funciones o con ocasión de las mismas, incurrirá en la pena de prisión de seis meses a tres años, y suspensión de trabajo o cargo público de uno a cuatro años". Así, se volvería a dar a entidad propia al delito de administración desleal. Según los republicanos, buscan que "se deje de hablar de conductas poco definidas y subjetivas como la apropiación indebida y la administración desleal, que son propias del ámbito privado." El nuevo artículo mantiene el siguiente precepto: "Si el culpable no reintegrara los mismos elementos del patrimonio público distraídos dentro de los diez días siguientes al de la incoación del proceso, se le impondrán las penas del artículo anterior".

Sea como sea, fuentes republicanas defienden que, con su propuesta "no aplica en ningún caso al 1-O", porque se aclara la definición y en el caso del referéndum no hay apropiación para fines particulares. "Con esta propuesta, los encausados para el 1-O no lo podrían ser", explican desde Calabria. Así, estas mismas fuentes sostienen que la modificación beneficiaría tanto a los expresos políticos y exiliados como al presidente Carles Puigdemont, como los todavía no juzgados, como Josep Maria Jové y Lluís Salvadó.

 

El pasado martes, en los habituales corrillos madrileños por el Día de la Constitución, fue el mismo Pedro Sánchez quien se mostró dispuesto a estudiar la reforma del delito de malversación. En una conversación informal con periodistas, el presidente del Gobierno no aclaró cómo se llevaría a cabo, pero dejó claro que no aceptará rebajar las penas por corrupción porque no puede haber "ningún retroceso" en la lucha para combatirla. El dirigente socialista también recordó que este viernes acaba el plazo para presentar enmiendas parciales a la reforma del Código Penal para la sedición y pidió esperar hasta este día para saber el contenido de las enmiendas que se puedan registrar.

Ahora sigue la tramitación parlamentaria. Una vez finalizado este viernes el plazo de enmiendas en el Congreso, el lunes que viene se reunirá la ponencia de la reforma. "No es fruto de un acuerdo. Ha habido conversaciones y ahora entramos en la negociación y los pactos. Es nuestra propuesta de máximos", señalan fuentes de ERC. Confían en que podrán tirar adelante y que la reforma del Código Penal sea aprobada por la cámara baja antes de acabar el año.

No rebajar la corrupción

ERC habla de unas "enmiendas quirúrgicas para redefinir, aclarar y evitar interpretaciones sesgadas del Código Penal". De esta manera quieren "evitar que el Estado vuelva a utilizar el delito de malversación de forma arbitraria para perseguir el movimiento independentista, y a la vez, evitar, también, que la reforma pueda ser utilizada para rebajar penas en casos de corrupción". En este sentido, dejan claro que con su propuesta "las penas que afectan a los delitos propios de corrupción política y enriquecimiento personal se mantienen, como no podría ser de otra manera, sin posibilidad de rebajar la penalización".

En el año 2015, bajo el gobierno de Mariano Rajoy, se reformó el delito de malversación de fondos públicos para ampliar el concepto: ya no se castigaba solo a quien se apropiaba de dinero público en beneficio propio o de otra persona, sino también a quien realizaba una "administración desleal" de estos. Este último delito, la "administración desleal", ya existía. Pero el ejecutivo del PP los unificó en un solo artículo e igualó las penas, que llegan hasta los doce años de prisión y los veinte de inhabilitación. La reforma tuvo lugar después de la consulta del 9-N.

En la misma línea va la enmienda registrada por Junts per Catalunya. La formación reclama revertir la reforma que impulsó el ejecutivo de Mariano Rajoy en 2015, ya que consideran que la redacción actual puede provocar una "injerencia" judicial en la acción política. Así, Junts pretende reparar "el error" de la reforma del PP de hace siete años. En concreto, quiere "derogar" el artículo 219 que el PP reformó para "penalizar a los que habían preparado" la consulta soberanista del 9-N del 2014, que era un compromiso del "programa electoral" del entonces president de la Generalitat, Artur Mas.

Desórdenes públicos

Había preocupación por la modificación del delito de desórdenes públicos agravados, aunque ERC defendía el planteamiento pactado con el PSOE. Sin embargo, finalmente también ha presentado enmiendas a este delito. Con respecto al tipo de desórdenes públicos, se redefine: cuando se actúe con el fin "de atentar contra la paz pública, se ejecuten actos de violencia o intimidación" cuando se obstaculicen vías públicas "causando un peligro para la vida o salud de las personas" o "invadiendo instalaciones o edificios". Las penas irían de los seis meses a los tres años de prisión. Con respecto a los desórdenes públicos agravados, los hechos podrían comportar una pena máxima de cinco años de prisión si son perpetrados "por una multitud que, por número, organización y propósito, sean idóneas para afectar gravemente al orden público". También proponen suprimir el artículo 557ter relativo a las ocupaciones pacíficas y especificar que la "intimidación" tendría que ser de carácter "grave".

El objetivo, aseguran, es "proponer mejoras para que la legislación sea más garantista, democrática y dificultar que se pueda criminalizar el derecho a reunión y manifestación". Los republicanos valoran la supresión de la sedición y la reforma de la malversación y los desórdenes públicos en "clave anti-represiva", porque "cualquier paso que acerque a la desjudicialización y aleje la capacidad represiva del Estado es buena noticia para cualquier movimiento de protesta o disidencia política y, por lo tanto, también para el independentismo".