El Consell de la República ha presentado una querella contra el expresidente de la Audiencia Nacional José Ramón Navarro y los magistrados que en aquel momento formaban la sección primera de la sala de lo penal de la Audiencia Nacional, Concepción Espejel, Francisco Viera y Ramón Saéz, por  un delito de revelación de secretos por haber aavanzado la absolución del mayor de los Mossos Josep Lluís Trapero  del delito de sedición por el 1-O, según ha informado este martes. La querella, presentada por las asociaciones Atenas y Querellantes por la  República, se ha dirigido al Tribunal Supremo porque actualmente Espejel (que votó en contra de la absolución) y Saéz son magistrados del Tribunal Constitucional, y por lo tanto aforados en el alto tribunal español. Con esta acción, el Consell de la República sostiene que también denuncia "la podredumbre estructural de un sistema judicial español profundamente politizado, y la impunidad con que actúan algunos de sus máximos responsables".

Esta querella es paralela a la presentada por la asociación españolista Hazte Oir, que solo denunció a Navarro, y que ya estudia el juez de Instrucción número 4 de Madrid, Marcelino Sexmero, ante la reciente difusión de estos mensajes, que constan el en caso Koldo. En concreto, se denuncia que el entonces presidente de la Audiencia Nacional filtró el 15 de agosto de 2020 la sentencia a José Luis Ábalos, que en aquel momento era ministro del Gobierno de Pedro Sánchez, dos meses antes que se notificara oficialmente. Ábalos informaba posteriormente al presidente español. Ahora, el juez ha preguntado al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) si actualmente José Ramón Navarro ocupa algún cargo judicial para saber si tiene o no la condición de aforado.

Dos delitos de revelación de secretos

Por su parte, el Consell de la República sostiene que se han cometido dos delitos de revelación de secretos. Por una parte, los tres magistrados del tribunal que juzgaron y absolvieron Tapero y  a la excúpula de Interior, actual director general de la policía catalana, cometieron revelación de secretos  porque uno de ellos reveló el fallo  de la sentencia  y cuando saldría publicada al presidente de la Audiencia Nacional. Indica que la Ley Orgánica del Poder Judicial establece el secreto de las deliberaciones de los tribunales (art. 233 LOPJ). El otro delito de revelación de secretos se produce, en opinión del Consell de la República y los querellantes, cuando el presidente de la Audiencia lo comunica al entonces ministro Ábalos. El delito de revelación de secretos (artículo 417 del Código Penal), es castigado con una pena de multa de doce a dieciocho meses e inhabilitación especial por trabajo o cargo público de uno a tres años.

Instrumentalización política

En la querella, se pide al Tribunal Supremo el interrogatorio de los querellados, que declaren como testigos los periodistas que publicaron los mensajes y que se reclamen los informes del sumario de la causa especial 20775/2020 (trama Koldo, Ábalos, Cerdán) donde constan los mencionados mensajes.

En un comunicado, el Consell de la República ha calificado estos hechos revelados de "gravedad extrema", y ha añadido: "Un alto magistrado filtró deliberadamente el contenido y el calendario de una resolución judicial de máxima relevancia política en el Gobierno. Esta actuación no solo vulnera el principio de separación de poderes, sino que supone una instrumentalización inaceptable de la justicia con finalidades políticas."

E insiste: "Este nuevo escándalo confirma una vez más que la independencia de Catalunya no solo es legítima, sino absolutamente necesaria para garantizar una justicia imparcial, separación de poderes y respeto por los derechos fundamentales."