La Audiencia Nacional ha denegado la expulsión del estado español de Said Ben Iazza que pedía la Comisaría General de Extranjería y Fronteras con el argumento que la condena de ocho años de prisión por los atentados del 17 de agosto del 2017 en la Rambla de Barcelona y a Salou todavía no es firme, informa la agencia ACN este martes. Bien Iazza está condenado por un delito de colaboración con organización terrorista en una sentencia recurrida delante de la sala segunda del Tribunal Supremo. El 25 de abril se pidió la expulsión del condenado del país en el marco de un expediente sancionador incoado contra él por la Secretaría de Estado de Seguridad como participante en actividades contrarias a la seguridad nacional. Tanto la Fiscalía, como las acusaciones como las defensas, se oponían a la expulsión.

Said Ben Iazza fue condenado a ocho años de prisión, 18 años de inhabilitación y cinco de libertad vigilada. El tribunal estipula que dado que la sentencia todavía no es firme, la eventual sanción administrativa de expulsión no podría ser ejecutada. Contra la decisión está la posibilidad de presentar un recurso de súplica en el plazo de tres días.

Hay que recordar que la Audiencia Nacional condenó al joven, que trabajaba en una carnicería de Vinaròs, por haber dejado una furgoneta y su documentación a los terroristas de Ripoll mientras preparaban los explosivos en un chalet de Alcanar. Bien Iazza está en libertad provisional desde septiembre del 2021, ya que había cumplido el máximo de prisión preventiva, cuatro años, la mitad de su pena.

El Gobierno había pedido su expulsión

El Ministerio del Interior pidió en la Audiencia Nacional a finales del mes pasado la autorización para expulsar de España Said Ben Iazza, en libertad provisional desde septiembre del 2021. En un escrito, la Comisaría General de Extranjería y Fronteras de la Policía Nacional explicaba que había abierto un procedimiento administrativo sancionador de expulsión en Ben Iazza a raíz de una denuncia de la Jefatura de Información de la Guardia Civil por su presunta participación en "actividades contrarias a la seguridad nacional". El abogado de algunos de los mossos de escuadra afectados se ha opuesto a la expulsión porque eso impediría la ejecución de la futura sentencia del Supremo.

Por otra parte, este mismo 2023, el Gobierno y el de Marruecos han acordado expulsar Driss Oukabir, condenado a 36 años de prisión por los atentados del 17 de agosto del 2017 en Barcelona y Cambrils, para que cumpla el resto de pena en el país magrebí de donde procede. Se trata de un trámite de carácter administrativo que se puede hacer sin disponer de una resolución judicial. Oukabir estaba cumpliendo la pena en una prisión del País Valencià. Los atentados causaron 16 muertos y más de un centenar de heridos. En un inicio, Oukabir fue condenado a 46 años de prisión, pero la Audiencia Nacional le rebajó la pena en 36 estimando parcialmente los recursos presentados.

El conseller de Interior, Joan Ignasi Elena, declaró que esta noticia "es una oportunidad valorar trabajo de los Mossos, aquellos días tan difíciles y reconocer de nuevo la profesionalidad del cuerpo en una situación tan extrema". Elena no quiso valorar específicamente la decisión, ya que es "un trámite administrativo competencia del estado, que se empezó hace dos años y finaliza con esta decisión." "Se entiende que seguirá cumpliendo la condena que merece por su participación en los atentados".