La Audiencia de Madrid ha ordenado al juez Juan Carlos Peinado que envíe a Begoña Gómez a juicio, pero que lo haga de forma unificada en un único tribunal popular, no en dos juicios con jurado, como había acordado, según una resolución comunicada este jueves. El tribunal expone que hay hechos conexos en las dos causas divididas por el juez instructor: uno por el delito de malversación y el segundo por tráfico de influencias, apropiación indebida, corrupción en el sector privado e intrusismo.  A juicio del tribunal, la causa es la misma: supuestamente haber usado a la asesora que la mujer del presidente español tiene en la Moncloa, Cristina Álvarez (también imputada) para actividades personales, como la cátedra de la Universidad Complutense.

La defensa de la mujer de Pedro Sánchez insiste que no ha cometido ningún delito. Con la unificación de las dos causas, también se enviará a juicio, junto a Gómez, a Cristina Álvarez; Francisco Martín, delegado del Gobierno a Madrid, por su anterior cargo de secretaria general de la Presidencia, y el empresario Juan Carlos Barrabés.

 

Indicios delictivos

En el auto, la Audiencia de Madrid  avala, nuevamente, la investigación realizada por el titular del juzgado de instrucción 41 de Madrid, que hay indicios delictivos, pero le corrige en el hecho que los hechos investigados son conexos, y competencia del jurado. En concreto, el tribunal aclara: "En este procedimiento, no se investiga la legalidad del nombramiento de la asistente de la mujer del Presidente, pues, se encuentra fuera de toda duda, que resulta necesario desde el punto de vista protocolario, de organización, de agenda y de seguridad. La investigación habría derivado a la posible extralimitación de las funciones del cargo, ya que parece deducirse de las diligencias practicadas, que la misma ha participado desde su puesto de funcionaria de libre designación de Presidencia del Gobierno, en actuaciones del exclusivo interés personal de la esposa del Presidente."

Acción unida

En relación con la conexidad de los hechos investigados, la sección  23 de la Audiencia de Madrid razona: "Ambos comportamientos están íntimamente entrelazados, en tanto que la intervención habitual de quien era directora de Programas de Presidencia de Gobierno era supuestamente utilizada como un elemento más de influenciabilidad subjetiva en el delito de tráfico de influencias. De forma y manera que la prueba de ambos supuestos delitos está intrínsecamente unida, casi en relación de medio a fin, y ello, en principio, imposibilita la formación de piezas separadas sin que el juez instructor haya aportado razonamiento divergente que pueda alterar esa decisión."

Y por ello, el tribunal ordena al juez Peinado que deje sin efecto la pieza separada sobre malversación  y la unifique con el resto de delitos.

Tres testigos de la defensa

Paralelamente, en una segunda resolución, la Audiencia de Madrid ha aceptado el recurso de la defensa de Begoña Gómez  y le ordena que "resuelva sin más dilación" sobre las diligencias, propuestas por su abogado,  el noviembre de 2024, entre ellas, sobre tres declaraciones testificales que considera fundamentales para su defensa.

En una tercera resolución, el tribunal desestima el recurso de la Fiscalía  contra la prórroga de seis meses que el juez Peinado acordó de la causa contra la mujer de Sánchez, a contar desde el 16 de abril pasado.