Una absolución contundente. La Audiencia de Barcelona ha absuelto a Dren, que estuvo un mes en prisión preventiva por haber una manifestación contra la sentencia a los líderes catalanes y a quien el fiscal pidió 4 años y 8 meses de prisión por los delitos de desórdenes públicos y atentado contra la autoridad porque no quiso aceptar una condena rebajada. Los otros dos acusados sí que lo hicieron: Joan aceptó una condena de 2 años y 4 meses de prisión, ante los 7 años y 9 meses iniciales que le pedía el fiscal; y Marc aceptó 9 meses de prisión, rebajado de 2 años y 4 meses. Norma Pedemonte, la abogada de Dren (ha transicionado a persona no binaria y ha cambiado el nombre de Andrea por Dren), pedía su absolución, como ha dictado la sección 22 de la Audiencia de Barcelona, en una resolución muy crítica con la Fiscalía y conocida este viernes y a la cual ha tenido acceso ElNacional.cat.

Además de la absolución de Dren, el tribunal suspende la ejecución de las penas de Joan y Marc, con el requisito que durante los próximos 2 años no delincan. Ninguno de los tres jóvenes se conocía, y el tribunal cuestiona la legalidad que se haya tramitado de forma conjunta su acusación y enjuiciamiento sin tener ningún vínculo delictivo, como fija la ley.

Un mosso, no imparcial

La manifestación fue el 15 de octubre de 2019, ante la sede de la Delegación del Gobierno, en la calle Mallorca de Barcelona, y según el relato del fiscal Joan y Marc tiraron objetos a la policía y después, al ser detenidos, se resistieron y causaron lesiones leves a agentes.

De Dren afirmaba lo mismo, pero él no admitió estos hechos, sino que fue a la manifestación, y se vio en primera línea y en la carga policial fue detenido. Era la versión del manifestante contra la de un único agente de los Mossos que la detuvo y aseguró, en el juicio, que iba a buscar piedras, volvía al mismo lugar y se las tiraba. Ningún video ni testigo de estos hechos; solo un segundo agente que detuvo a Dren.

El tribunal, presidido por el magistrado Juli Solaz, considera que la versión del mosso no es suficiente para condenar al joven estudiante. "En este caso no se trata de un testigo imparcial, ajeno a los hechos, sino que el propio agente se ha postulado como víctima, de todo el incidente" afirmando que recibió impactos de los objetos, y después una herida leve en la rodilla al detener Dren.

La sección 22 recuerda la jurisprudencia del Tribunal Supremo que se tendrá en cuenta el testigo de la víctima cuando sea en espacios de intimidad, como el caso de violencia doméstica, pero agresiones en espacios libres y abiertos tiene que ser ratificado por otras pruebas y testigos, y en el caso de Dren no se han aportado, y concluye que no hay suficientes pruebas para desvirtuar su presunción de inocencia

Cuatro años de sufrimiento


Alerta Solidaria, que lleva la defensa de la mayoría de independentistas encausados, ha hecho un comunicado en que felicita a Dren por su absolución, pero lamenta que “no podrá recuperar el tiempo pasado en la prisión y los cuatro años “de sufrimiento bajo la amenaza de volver”.

Estirada de orejas al juez

En la sentencia, el tribunal - formado por los magistrados Maria Josep Feliu, Patrícia Martínez i Juli Solaz, presidente y ponente-, también hace un tirón de orejas al juez instructor -en este caso el titular del juzgado de instrucción 20 de Barcelona- porque de forma contraria al que marca la Ley de Enjuiciamiento Criminal instruyó de forma conjunta la causa contra los tres jóvenes estudiantes, cuando su actuación fue separada y no hubo ningún elemento de conexidad. "Es legalmente dudosa", afirma el tribunal de la instrucción, además del hecho que ha provocado "dilaciones innecesarias y una complejidad superflua".

"Serias dudas de lesiones"

El tribunal también es muy crítico con la calificación jurídica hecha por el fiscal. Expone que el delito leve de lesiones imputado a Dren lo hizo en "concurso ideal con el delito de atentado contra la autoridad", pero que esta pequeña lesión en la rodilla se la provocó, no cuando supuestamente le tiraba objetos, sino al ser detenida, por lo tanto, no puede ser en concurso con el atentado.

Además, la sección 22 manifiesta que hay "serias dudas sobre las lesiones" sufridas por el mosso, puesto que en el juicio él mismo admitió que se las hizo al caer al suelo con la pierna, no que se las provocara directamente Dren al ser detenido.

El tribunal, incluso, cuestiona las declaraciones de los dos mossoos que lo detuvieron, el herido y otro, que aseguraron que se resistió a la detención y "hacía aspavientos", y en el video aportado en el juicio, "la acusada se tapa la cara y no hace ningún movimiento".

Norma Pedemonte, abogada de Dren, ha destacado esta "contundencia del tribunal" en que no hubo lesiones y al poner en entredicho las afirmaciones de los agentes, y que estudiará si son denunciados por falso testimonio. Ahora, habrá que ver si el fiscal presenta recurso contra la absolución.