Cinco de los nueve presos y presos políticos que están siendo juzgados en el Tribunal Supremo han asistido hoy a la sesión 37 del juicio en el procés en condición de electos: Oriol Junqueras, Jordi Sànchez, Jordi Turull y Josep Rull en el Congreso de los Diputados y Raül Romeva en el Senado. Ahora sus abogados, Jordi Pina y Andreu van den Eynde, estudian la fórmula para pedir en el Supremo que puedan salir de la prisión para ir a recoger el acta y asistir a las sesiones constitutivas de las Cortes españolas.

Los abogados de los diputados electos, Jordi Pina y Andreu van den Eynde, están estudiando si hace falta que presenten un escrito ante el Supremo pidiendo la liberación para ir a recoger el acta o si, por el contrario, los magistrados lo autorizan de oficio para garantizar el derecho político de los candidatos escogidos. Si el tribunal autoriza su salida, los presos podrán asistir el próximo 21 de mayo a la sesión de constitución del Congreso y subir al estrado de la cámara baja para jurar o prometer (ni que sea por imperativo legal) acatar la Constitución.

Trámites previos

Según fuentes del Congreso, sin embargo, antes hará falta que vayan a la junta electoral provincial correspondiente a buscar el acta conforme son diputados electos y llevarla al Congreso. También tendrán que aportar documentos y hacer la declaración de actividades. Unos trámites, sin embargo, que no es obligatorio que hagan personalmente ellos y que pueden delegar.

Ahora bien, sí que están obligados a asistir a la sesión plenaria a acatar la Constitución. La presencia al pleno de constitución y el acatamiento de la Carta Magna es obligada para ejercer las funciones de diputado y senador. También es obligada la presencia de los diputados y senadores en las votaciones, dado que el reglamento del Congreso es muy restrictivo y sólo permite el voto a distancia en caso de enfermedades que impiden el desplazamiento, bajas de maternidad o lactancia

Queda resolver ahora si se les permitirá ejercer su cargo o, como apuntan fuentes del alto tribunal, serán suspendidos por el Tribunal Supremo en aplicación del artículo 384 bis de la Ley de enjuiciamiento criminal que determina la suspensión del ejercicio de cargo público para procesados con prisión preventiva decretada por delito de rebelión.