El modelo lingüístico en las aulas catalanas siempre ha tenido un consenso social y político a favor de la inmersión y del catalán como lengua vehicular de referencia. Es preocupante que se vuelva a hacer debate de un tema que tendría que ser estrictamente pedagógico, aprovechando la confrontación electoral. Estos debates no ayudan a la lengua. Y más, cuando desde posiciones soberanistas se recrimina a ERC haber pactado un articulado de la Lomloe que elimina la vehicularidad del castellano. No se acaba de entender dónde está el problema.

En estas argumentaciones se han confundido, intencionadamente o no, las competencias compartidas que tiene el Estado para establecer las horas curriculares "básicas" (materias "comunes" para todas las CCAA) con las horas curriculares que corresponden a las Administraciones educativas con lengua propia. O se ha hecho ver que introducir el término "Comunidad Autónoma", en vez de "Administración educativa", era trascendente para evitar que el Ministerio pudiera intervenir.

Hacer de esta última controversia un elemento de tensión política resulta grotesco desde una perspectiva jurídica, pero también política. Son numerosos los artículos de la nueva ley o de sentencias del Tribunal Constitucional (STC 51/2019 FJ5, STC 14/2018 FJ5, STC 212/2012 FJ4, entre otros), sin olvidarnos del Estatut, que no dejan ningún tipo de duda para saber quién es la Administración educativa en Catalunya. La misma sentencia del Estatut (STC 31/2010) ha dejado claro que es la Generalitat quien, de acuerdo con la distribución competencial, le corresponde determinar la presencia de las lenguas oficiales en el sistema educativo. Otra cosa es que el Ministerio también pueda ser Administración educativa, como es el caso de Ceuta y Melilla, en territorios donde no hay Comunidad Autónoma.

Dicho esto, no se puede desprender que la situación en el ámbito lingüístico sea fácil. En absoluto. La sentencia del Estatut fue un paso atrás en relación a la doctrina consolidada del Tribunal Constitucional cuando se reconoce la inmersión lingüística condicionada al hecho de que el castellano también se convierta en lengua vehicular. Esta nueva interpretación propició que el Tribunal Supremo empezara a ordenar la "reintroducción" del castellano de manera "proporcional y equitativa" respecto del catalán. Y que ahora, el TSJC, subsidiariamente y a toda prisa, como ha hecho recientemente con una medida cautelar de protección de los centros que segregan por sexo, diera al principio de proporcionalidad un sentido cuantitativo, estableciendo un mínimo del 25% para todos los centros del país, antes de que se apruebe la nueva Lomloe.

Las lenguas se aprenden usándolas y sirven para entender el mundo, para valorar la diversidad cultural, para fomentar la sensibilidad y el respeto por la interculturalidad

El principal problema es que estamos ante un debate pedagógico y no jurídico. Establecer porcentajes entre las lenguas corresponde a una concepción y un contexto bilingüe del pasado, cuando convivían catalán y castellano y una lengua extranjera con un uso instrumental, que poco tiene que ver con la situación actual.

La pedagogía actual apuesta por un aprendizaje de las lenguas desde un enfoque competencial, globalizado y personalizado. Las lenguas se aprenden usándolas y sirven para entender el mundo, para valorar la diversidad cultural, para fomentar la sensibilidad y el respeto por la interculturalidad. Las lenguas no se aprenden aisladamente, sino a partir de transferencias e interacciones. Un tratamiento integral de las lenguas en el que cada centro adopta, mediante su proyecto educativo, el peso de la lengua según las necesidades y el contexto de los alumnos.

Además, es un contrasentido establecer porcentajes generalizados cuando el conocimiento que tiene cada alumno de cada lengua es desigual y, en ningún caso, homogéneo en un grupo de alumnos. Por eso, no se pueden aplicar las mismas metodologías en todas partes, ni en cada alumno, y es difícil justificar las proporciones cuando el aprendizaje tiende a no realizarse de una manera compartimentada.

Parece evidente que las motivaciones que puede tener la judicatura para entrar en estas cuestiones no son educativas. ¿Por qué no modifican los criterios profesionales de un cirujano? ¿O de un ingeniero en un cálculo de estructuras? ¿No es una temeridad atreverse con la profesión docente y con lo que dice la comunidad sociolingüística internacional?

Con respecto a la Lomloe, hay que considerar que es un paso adelante en determinados ámbitos: retirará los conciertos a las escuelas que segregan por sexo, la Generalitat tendrá más competencias al diseñar las horas curriculares, se incrementará la equidad en el sistema y la mirada educativa será más cualitativa y competencial. Pero sería ingenuo pensar que nos resolverá todos los problemas. En cualquier caso, estamos obligados a buscar la manera que nos puede ayudar a proteger nuestro modelo educativo. Derogar una ley, la Lomce del PP, enormemente centralizadora, conservadora en los aspectos educativos y diseñada para destruir nuestro modelo educativo, también ha sido un deber ético e inexcusable.

Discrepo abiertamente de las posiciones que manifiestan que la Lomloe no servirá para mucha cosa. Y discrepo porque no me imagino en qué situación nos encontraríamos si la nueva ley orgánica siguiera hablando de vehicularidad del castellano. No se trata de marginar ninguna lengua. Al contrario, se trata de protegerlas todas y, especialmente, aquellas más frágiles como el catalán o el aranés.

Probablemente tendremos que rehacer el título lingüístico de la LEC. Y lo tendremos que hacer con una cierta celeridad para introducir esta mirada más integral de las lenguas. Impediríamos que determinados tribunales quieran hacer de legisladores y que sentencias, como la del 25% del TSJC, no se llegue a aplicar nunca.

 

Carles Martínez, secretario de Polítiques Educatives del Departament d'Educació