La actualización del salario mínimo interprofesional ya tiene respaldo normativo tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado, lo que activa de forma automática los ajustes salariales pendientes. La medida, esperada desde comienzos de año, introduce efectos directos en las nóminas de los trabajadores cuyos contratos y estructuras retributivas están vinculados a esta referencia legal. El impacto más inmediato se reflejará en la nómina de febrero.
El elemento que genera mayor atención es la compensación retroactiva. Aquellos empleados que no vieron aplicada la subida en enero percibirán ahora la regularización correspondiente. En términos prácticos, esto se traduce en un abono adicional aproximado de 37 euros, cifra que responde al diferencial mensual derivado del nuevo SMI. No se trata de una gratificación extraordinaria, sino de un ajuste técnico obligado por la entrada en vigor del nuevo marco salarial.
Por qué aparece este extra en febrero
El mecanismo es puramente administrativo. Cuando la norma se publica con efectos desde el inicio del ejercicio, las empresas deben recalcular las retribuciones ya devengadas. Si el incremento no se incorporó en la nómina anterior, algo habitual mientras se formaliza la aprobación legal, la diferencia se liquida en el siguiente periodo de pago. De ahí la aparición del importe adicional en febrero.
Este tipo de regularizaciones no es excepcional en revisiones del SMI. El cálculo responde a la diferencia entre la cuantía antigua y la nueva, aplicada sobre las bases salariales mínimas. La cifra exacta puede variar ligeramente en función de pagas prorrateadas, convenios colectivos o particularidades contractuales, pero el importe mencionado se ha convertido en la referencia más citada en los ajustes estándar.
Quiénes tienen derecho a la compensación
El ajuste afecta principalmente a trabajadores cuyos salarios se sitúan en el umbral del SMI o dependen directamente de él. También incide en contratos donde el salario base se fija conforme a mínimos legales. En cambio, quienes ya perciben retribuciones superiores no experimentan modificaciones automáticas, salvo que su convenio establezca revisiones específicas. Desde el punto de vista laboral, la aplicación es obligatoria para las empresas una vez publicada la norma. No se requiere solicitud del trabajador ni trámite adicional.
La publicación en el BOE despeja cualquier incertidumbre jurídica. A partir de este momento, los efectos económicos se consolidan y las nóminas reflejan la nueva referencia salarial. Para muchos trabajadores, febrero será el mes en que la subida del SMI se materialice de forma visible mediante la compensación pendiente.
