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Vender una vivienda puede generar una ganancia patrimonial y, por tanto, una factura importante en el IRPF. Sin embargo, existe una excepción especialmente relevante para los mayores de 65 años. La Agencia Tributaria confirma que la ganancia obtenida por la venta de la vivienda habitual está exenta cuando el propietario supera esa edad y cumple los requisitos establecidos.

La clave está en que no sirve cualquier inmueble. Debe tratarse de la vivienda habitual del contribuyente en el momento de la venta o haber tenido esa consideración hasta cualquier día de los dos años anteriores. Si se cumple esa condición, la ganancia patrimonial derivada de la transmisión no tiene que integrarse en el IRPF, aunque el importe obtenido sea elevado.

La vivienda habitual puede venderse sin tributar por la ganancia

La exención se aplica tanto si la vivienda se vende a cambio de un capital como si se transmite a cambio de una renta temporal o vitalicia. También puede aplicarse cuando el propietario mayor de 65 años vende la nuda propiedad y se reserva el usufructo vitalicio. En estos casos, Hacienda permite que la ganancia quede fuera del impuesto.

Esto supone una diferencia importante frente a otros contribuyentes. Una persona menor de 65 años que venda su vivienda habitual puede necesitar reinvertir el dinero en otra vivienda habitual para acceder a una exención. El mayor de 65 años, en cambio, no necesita reinvertir el importe obtenido para disfrutar de esta ventaja fiscal.

Una segunda vivienda funciona de manera diferente

Si lo que se vende es una segunda residencia, un local u otro inmueble, la exención automática por edad no se aplica. No obstante, los mayores de 65 años cuentan con otra posibilidad: pueden dejar exenta la ganancia si reinvierten el importe obtenido en una renta vitalicia asegurada dentro de los seis meses siguientes, con un límite máximo de 240.000 euros.

Por eso, decir que cualquier mayor de 65 años puede vender “su casa” sin pagar IRPF necesita una precisión. El beneficio directo afecta a la vivienda habitual y a la ganancia obtenida con la transmisión. No elimina otros posibles gastos o impuestos asociados a la operación. Pero, si se cumplen los requisitos, vender la vivienda habitual después de los 65 años puede suponer un ahorro fiscal considerable sin necesidad de comprar otra casa.