La Comisión de Derechos Sociales y Consumo del Congreso de los Diputados ha aprobado este miércoles una reforma legislativa que supondrá un cambio de paradigma en la lucha contra las molestas llamadas comerciales no solicitadas, conocidas popularmente como spam telefónico. La enmienda transaccional, pactada por Sumar, Podemos y ERC, se integra en la Ley de Servicios de Atención a la Clientela y establece por primera vez la obligación legal para los operadores de telecomunicaciones de desarrollar e implementar mecanismos técnicos avanzados para el bloqueo proactivo de estas comunicaciones.
La nueva normativa, que ahora pasa al Pleno del Congreso para su aprobación definitiva, representa el acto final de un largo proceso legislativo destinado a atajar una de las molestias más extendidas entre la ciudadanía española. Según datos de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), solo durante 2023 se presentaron más de 150.000 reclamaciones relacionadas con prácticas comerciales agresivas por teléfono, una cifra que refleja la magnitud del problema.
El núcleo de la reforma reside en la implementación de un sistema de códigos alfanuméricos que servirá como sello de identificación para las comunicaciones comerciales legítimas. Estos códigos, asignados y regulados por la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, actuarán como un requisito obligatorio para cualquier empresa que quiera realizar llamadas de carácter comercial. Los operadores telefónicos, tanto los que originen como los que reciban la llamada, quedarán obligados por ley a:
- Bloquear de manera proactiva las comunicaciones vocales que procedan de números de tarifas especiales o inteligentes atribuidos a servicios distintos de los comerciales.
- Actuar a petición de la autoridad competente cuando existan indicios razonables de que un número es utilizado para realizar llamadas comerciales sin el código numérico específico o sin cumplir la Ley General de Telecomunicaciones.
- Desarrollar sistemas técnicos sofisticados capaces de identificar "objetivamente y razonablemente" las llamadas comerciales, con una autorización previa y motivada de la Secretaría de Estado.
Un cambio en la responsabilidad del operador
Hasta ahora, el ciudadano era quien debía solicitar la inclusión en el "Registro de Publicidad No Deseada" o utilizar aplicaciones de terceros para bloquear sospechosos. La nueva ley invierte completamente este paradigma, trasladando la responsabilidad a los proveedores de servicios. Una vez autorizados los sistemas técnicos, los operadores podrán proceder al bloqueo de la transmisión del tráfico irregular identificado sin necesidad de una nueva autorización individual para cada caso.
No obstante, esta medida vendrá acompañada de un estricto deber de transparencia: los operadores deberán notificar cualquier actuación de bloqueo a la Secretaría de Estado en un plazo máximo de dos días hábiles, aportando toda la información que justifique la medida adoptada y, en su caso, a los operadores o proveedores afectados.
Fuentes del Ministerio de Derechos Sociales y Consumo han explicado que, si bien ya existía una base legislativa para impedir estas llamadas, una orden del Ministerio de Transformación Digital abrió un vacío legal significativo. Esta orden establecía que las llamadas comerciales se podían realizar desde números especialmente atribuidos para este fin, pero también desde una numeración geográfica convencional o desde los prefijos 800 y 900.
Los grupos promotores de la enmienda han celebrado la aprobación como "un éxito histórico para la soberanía digital de los ciudadanos". Desde ERC han enfatizado que se trata de "acabar con la impunidad de las telefónicas y las empresas que se benefician de esta práctica abusiva". Por su parte, fuentes de Sumar han calificado la medida como "un paso decisivo hacia la recuperación de la privacidad y la tranquilidad en nuestros domicilios".
Se espera que la ley sea aprobada definitivamente en el pleno del Congreso antes de final de mes, con un amplio apoyo parlamentario. Su entrada en vigor, sin embargo, estará sujeta al desarrollo reglamentario y a la implementación efectiva de los sistemas técnicos por los operadores, un proceso que las fuentes consultadas estiman que podría alargarse entre seis y nueve meses. Esta reforma sitúa a España a la vanguardia de la protección de los consumidores en el ámbito digital en Europa, estableciendo un precedente que probablemente será estudiado y, posiblemente, replicado en otros estados miembros de la Unión Europea.