Hay disputas clásicas en todos los trabajos. Una de las frecuentes es por el aire acondicionado: para unos está demasiado fuerte y para otros, muy suave. Otra versa sobre las pagas extra, o dicho de otra forma, si es mejor cobrar 12 o 14 o incluso más pagas. En ambos casos, se trata más de una discusión subjetiva, ajustada a las preferencias de cada quien. Los que están a favor de las 14 pagas alegan que las extras llegan cuando más se necesitan, en Navidades y en vísperas de las vacaciones. Por su parte, los que prefieren 12 nóminas acusan a los primeros de hacerse falsas ilusiones y defienden, unánimemente, que para que el dinero lo tenga la empresa, ellos prefieren que esté en su banco. Finalmente, argumentan que al cobrar todos los meses por igual, organizan más sensatamente sus finanzas domésticas.

 

Sin embargo, la ley es muy clara en este punto: todo el mundo debe cobrar 2 pagas extraordinarias al año. El Estatuto de los Trabajadores (ET), en su artículo 31 (Gratificaciones extraordinarias) es tajante:

El trabajador tiene derecho a dos gratificaciones extraordinarias al año, una de ellas con ocasión de las fiestas de Navidad y la otra en el mes que se fije por convenio colectivo o por acuerdo entre el empresario y los representantes legales de los trabajadores. Igualmente, se fijará por convenio colectivo la cuantía de tales gratificaciones”.

Pero con una matización importante que da pie a este debate de barra de bar. El mismo artículo 31 establece que “no obstante, podrá acordarse en convenio colectivo que las gratificaciones extraordinarias se prorrateen en las doce mensualidades”.

Luego, en referencia a las pagas extraordinarias, debemos tener claro cuatro cuestiones legales:

  • La primera, que se trata no de pagas, como la que cobramos cada mes, sino de una gratificación.
  • La segunda, que cada una de las pagas, se puede prorratear en seis partes que se abonarán mensualmente en el primer semestre para la extraordinaria de verano y en el segundo semestre, la de Navidad.
  • La tercera, que el trabajador no puede decidir individualmente si quiere cobrar 12 pagas + las dos gratificaciones, o solo 12 pagas con la parte prorrateada de las dos extras. Eso viene determinado por un acuerdo previo entre la empresa y la plantilla o por el convenio colectivo al que se acoja la empresa.
  • Y, la cuarta, que al ser gratificaciones, las dos extras no han de tener el mismo montante que el resto de las doce mensualidades. Eso que explica que en muchas empresas, cuando llega la paga extra, el trabajador no cobra exactamente el doble.

Los contratos -y cada nómina- han de especificar si el salario bruto se abona en 12 o 14 o más pagas, aunque podría haber alguno que se limite a puntualizar que se hace según convenio. En cualquier caso, en lo referente al salario, el contrato no suele especificar cuánto corresponde a las mensualidades y cuánto a las dos gratificaciones. Se limita, pues, a señalar cuál es el salario bruto en su conjunto, generalmente en el plazo anual. Aunque la ley no lo impone. El Ministerio de Trabajo establece un impreso para cada modalidad de contrato y, en el caso del más frecuente, el indefinido, en su punto quinto, señala lo siguiente:

El/la trabajador/a percibirá una retribución total de …… euros brutos (15) …... que se distribuirán en los siguientes conceptos salariales (16) ……

El modelo de contrato matiza en la aclaración 15 que el salario puede ser diario, semanal, mensual o anual y en el 16 que en los conceptos salariales se han de incluir el salario base, los complementos salariales y los pluses. En este punto, deberá incluirse si las pagas extraordinarias -que legalmente son un complemento salarial- están prorrateadas o se pagan aparte. Igualmente, debe quedar claro en la nómina. De esta forma se debe dar cumplimiento al artículo 29 del ET que determina que el modelo (del contrato) contenga con la debida claridad y separación las diferentes percepciones del trabajador, así como las deducciones que legalmente procedan.

¿Mejor 12 o 14 pagas?

Llegados a este punto cabe preguntarse que conviene, ¿cobrar el salario en 12 o 14? Como ha quedado sobradamente explicado, el dinero neto que te llevas a casa cada año es el mismo en las dos modalidades, aunque no si se mide mes a mes. El experto que usa el perfil de TikTok “Fiscalidad para Todos (@tublogfiscal)”, aclara que responde más a una preferencia personal que a una ventaja económica real. Porque, como bien señala, no existe un beneficio fiscal ni salarial.

Aclarado este punto, ¿qué hace que unos asalariados se decanten por las 12 o las 14 pagas? El experto recoge afirmaciones y preguntas de trabajadores que responden a este dilema personal y defiende que prevalece la creencia en el imaginario popular de que es mejor las 14 pagas. ¿Y por qué? Pues porque, contesta una mayoría, sus padres estaban “siempre obsesionados con que es mejor cobrar tus pagas extras”. Y han heredado la creencia.

Pero señala que la diferencia entre ambos métodos de cobro reside en la periodicidad en la que se recibe el dinero, no en la cuantía total a final del año. El experto aclara: “Simplemente, si cobras en 12 pagas, mes a mes, vas a ir cobrando un poquito más en tu nómina, y si cobras en 14 mes a mes, vas a ir cobrando un poquito menos, y luego llega el momento en el que te pagarán una paga doble en verano y otra en diciembre”.

Del lado de los que prefieren las 12 pagas, el experto resume su argumento: “Pues porque para qué voy a querer que la empresa se quede una parte de mi dinero y que llegado verano y llegada Navidad me la paguen después. Prefiero tener yo el dinero siempre en mi bolsillo y no que lo tenga la empresa. Y yo ya con ese dinero me organizo como me dé la gana”.

Apuesta por las 12 pagas

En el video, el especialista se decanta claramente por cobrar 12 veces en vez de 14. Primero, desmonta la postura de quienes consideran que cuantas más pagas extra se reciben, mejor es para el trabajador. “Había una persona que decía que cuantas más pagas cobrase, que si eran quince mejor que catorce, y si son veinte mejor que quince, mejor que mejor. No se cobra más cobrando pagas dobles”. “Al final, tú tienes un sueldo bruto, me lo invento, de 30.000 euros al año, y la forma de distribución de esas pagas, ya sean 12, 14, 15 o 20, va a dar el resultado final de treinta mil euros brutos al año”.

Además, recalca la importancia de la autonomía financiera y la organización personal al gestionar el propio sueldo. Insiste en que no conviene dejar el dinero en manos de la empresa si se puede optar por cobrarlo mensualmente: “Ojo, al final es cuestión de preferencias, pero yo sí puedo tener el dinero siempre en mi mano antes que lo tenga la empresa, muchísimo mejor”.