España se queda rezagada en la trasposición de la Directiva que exige una nueva tributación del IVA franquiciado para los autónomos que facturen por debajo de los 85.000 euros. El 1 de enero del próximo año debería estar traspuesta la norma comunitaria, pero la Agencia Tributaria (AEAT) ha comunicado a las asociaciones de autónomos y a los agentes sociales que se va a retrasar, sin una fecha prevista, según fuentes conocedoras de las negociaciones. Esto supone una desventaja para los pequeños y medianos autónomos españoles, que tendrán que seguir facturando IVA a sus clientes y asumiendo el coste de la gestión del impuesto. Mientras, en el resto de los países comunitarios, los autónomos podrán no cobrarlo, ganando competitividad frente a sus competidores de mayor dimensión, aquellos que pasan de los 85.000 euros, que tendrán que seguir cobrando el IVA en sus facturas.

Incluso una competencia desleal de los profesionales por cuenta ajena de otros países comunitarios que tengan actividad en España y que a partir del año próximo se podrán acoger al nuevo régimen de franquicia del IVA. Lo que les permitiría no aplicar el impuesto a sus clientes españoles, abaratando sus costes, frente a los autónomos españoles, que deberán seguir cobrando el impuesto hasta que no esté en vigor el nuevo sistema franquiciado. Para evitar este agravio, Hacienda sí aprobará el IVA franquiciado para las operaciones intracomunitarias, lo que impedirá esta desigualdad fiscal entre los autónomos españoles y el resto de los comunitarios en operaciones realizadas en España. Según explican las fuentes consultadas, el retraso en la nueva normativa del IVA se debe a la intención de hacer coincidir la entrada del modelo franquiciado con la desaparición del régimen de estimación objetiva en el IRPF, conocido como declaración "por módulos”, un sistema peculiar en España que se ha quedado obsoleto.

Una eliminación en la que están de acuerdo las asociaciones de autónomos, los sindicatos y los empresarios, así como la propia Hacienda. No obstante, existe disparidad de posturas en cómo llevar a cabo el fin de la declaración de la Renta por módulos. Mientras la asociación Uatae y CC.OO, organizaciones afines, son partidarias de la supresión inmediata, Upta y ATA prefieren una eliminación del régimen gradual y obligatoria. Esta última propone un periodo transitorio de tres años. Pero Hacienda tiene la última palabra sobre cómo será el proceso del fin de la estimación objetiva y todavía no lo ha transmitido a los agentes sociales.

Carácter voluntario

La Directiva del IVA franquiciado permite a aquellos autónomos que facturen menos de 85.000 euros al año no tener que cobrar este impuesto a sus clientes, aunque sí tienen que abonarlo en sus compras. El nuevo IVA supondría, pues, que los autónomos no tendrán que liquidar el impuesto, lo que significa que tampoco podrán repercutir el coste soportado por ellos. Por este motivo, el nuevo sistema tendrá carácter voluntario. Desde Uatae insisten en que cada autónomo tendrá que echar sus cuentas, aunque no saldrá muy rentable a los profesionales con actividades que exijan muchas provisiones y sí para actividades más liberales, donde facturan mucho, pero precisan pocas compras.

Los autónomos a los que sí les salga a cuenta el modelo franquiciado, ganarán competitividad frente a rivales más grandes, con posibilidades de descuentos de hasta el 21% o un incremento de los márgenes. Pero la gran ventaja del nuevo sistema del IVA para autónomos es la posibilidad de eliminar la práctica totalidad de las obligaciones fiscales relacionadas con la identificación, la facturación, la contabilidad y las declaraciones del principal impuesto indirecto. Para empezar, será el fin del régimen simplificado del IVA y también del recargo de equivalencia que abonan los autónomos del sector comercio. Sin embargo, la Agencia Tributaria aclara que no puede conllevar la reducción del suministro de información que recibe. En este sentido, se considera necesario mantener las obligaciones de una declaración censal, las obligaciones de facturación, las obligaciones registrales y la aportación de Libros Registro del IVA e IRPF en el mismo plazo que la declaración resumen anual.

Puntos de desacuerdo

Durante los meses de debate que se ha mantenido en el grupo de trabajo compuesto por Hacienda -a través del Instituto de Estudios Fiscales-, las organizaciones de autónomos y sindicatos y patronales, se han puesto de manifiesto algunas divergencias dentro del margen que permite la Directiva. Una de las principales es el umbral económico que determinará la posibilidad de que los autónomos se acojan al modelo franquiciado. Desde Uatae y CC.OO. se defiende que no se establezca un umbral único -85.000 euros-, sino que se diferencie por sectores, aunque el resto de los participantes consideran oportuno fijar un único umbral.

De esta forma, se permite una aplicación y control más simple y, además, la fijación de un umbral alto permitiría incorporar a la gran mayoría de los 3,3 millones de autónomos afiliados actualmente a la Seguridad Social. Incluso Upta es partidaria de elevar el umbral a los 100.000 euros, lo que solo dejaría fuera a los autónomos con mayores facturaciones.

No obstante, la existencia de umbrales a partir de los cuales se debería abandonar el régimen de IVA franquiciado y volver al sistema tal y como se aplica actualmente, puede incentivar conductas fraudulentas encaminadas a no superar el umbral de exención establecido, mediante la división artificial de una misma actividad entre varias personas o entidades. Al respecto, se plantea la duda de si es o no necesario el establecimiento de medidas antiabuso específicas o si, por el contrario, es suficiente con las cláusulas antiabuso generales que se establece ya en la Ley General Tributaria.