Probablemente hoy hayas leído noticias como estas: "La Justicia europea desestima la petición de Carles Puigdemont y levanta su inmunidad" (El Mundo), "La Justicia europea desestima la petición de Puigdemont y confirma que pierde la inmunidad parlamentaria" (ABC), "La justicia europea deja sin inmunidad parlamentaria a Puigdemont porque no ve riesgo de que sea detenido" (El País).

Como ves, todas coinciden. Afirman que la justicia europea retira la inmunidad a Carles Puigdemont. En sí mismo el titular es cierto. Pero le faltan matices que harían poder comprender verdaderamente el sentido de la información. 

Porque de lo contrario, nos estaremos encontrando, una vez más, ante la situación de confusión que provoca la desinformación. Y a esta también están contribuyendo referentes de partidos políticos como Pablo Casado o Cuca Gamarra, que se han aventurado a hacer afirmaciones como esta:

TUIT Pablo Casado
Estamos presenciando, una vez más, una falta de rigor informativo que tiene consecuencias a la hora de comprender lo que realmente ha sucedido hoy y lo que supone el auto del TGUE. Precisamente el propio Puigdemont así lo ha indicado en un tuit al poco tiempo de conocerse la noticia . Sería recomendable que leyeran información más completa. 

¿Qué ha pasado entonces? A continuación intentaré explicar de forma breve, clara y concisa los puntos principales que nos permitan poder entender el auto que hoy se ha dado a conocer del Tribunal General de la Unión Europea, y por qué Toni Comín ha señalado en su rueda de prensa que esta decisión, lejos de suponer un varapalo para los tres eurodiputados independentistas en el exilio, supone un “win win”

Hagamos un breve recorrido de lo sucedido para poder entender con precisión el alcance y significado del auto del Tribunal. Te anticipo que en realidad, hay un mensaje para España. 

El 7 de enero de 2021 las autoridades judiciales belgas denegaron la ejecución de la euroorden emitida por Pablo Llarena contra Lluis Puig, residente en Bruselas. Una sentencia que finalmente devino firme y que sentaba las bases como precedente ante la posible reactivación de las euroórdenes contra los demás exiliados. 

A continuación, el 13 de enero y el 10 de febrero de 2020 el Parlamento Europeo recibió los suplicatorios procedentes del Tribunal Supremo de España mediante los que se solicitaba la retirada de la inmunidad de los tres eurodiputados independentistas catalanes en el exilio: Puigdemont, Comín y Ponsatí. 

Se solicitaba la retirada de la inmunidad para poder poner en funcionamiento las euroórdenes que el juez Pablo Llarena había vuelto a reactivar. El 9 de marzo de 2021 el Parlamento Europeo votó mayoritariamente a favor de la retirada de la inmunidad de los tres catalanes. 

Ese mismo día el juez Pablo Llarena presenta una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la UE sobre la decisión de Bélgica ante la petición sobre Lluis Puig. Esta cuestión prejudicial conlleva, hasta que se dicte sentencia al respecto, la suspensión del proceso penal que afecta a todos los exiliados. 

La retirada de la inmunidad del Parlamento Europeo fue objeto de recurso por parte de los tres eurodiputados ante el Tribunal General el 19 de mayo de 2021. Días después, el 26 de mayo se solicitó una como medida provisional la suspensión de la retirada de la inmunidad. 

El 2 de junio el tribunal respondió admitiendo la solicitud y suspendiendo así la retirada de la inmunidad de manera provisional hasta que se decidiera sobre el fondo de la cuestión. Ante esta decisión, la Abogacía del Estado español presentó un recurso, solicitando que se anulase esta medida provisional establecida por el tribunal. 

Pues bien: aquí está la clave, o una de las claves, de la cuestión de hoy. En el escrito de la abogacía del Estado se señalaba que como el proceso penal, y por ende, las euroórdenes contra ellos están en suspenso por la cuestión prejudicial presentada por Llarena ante el Tribunal de Justicia de la UE, no sería posible detener a ninguno de los tres eurodiputados. Y por esta razón, argumentan, no habría lugar a admitir la medida cautelar por parte del TGUE. Y así lo admite hoy en su auto el propio tribunal. 

¿Qué quiere decir entonces el auto? Pues que la medida cautelar que fue establecida, ahora mismo carece de justificación, puesto que no se puede detener a los exiliados porque las euroórdenes están en suspenso hasta que el TJUE responda a Llarena. Y además, señala el auto que la inmunidad parlamentaria está garantizada para que los tres eurodiputados puedan acudir a las sesiones plenarias que celebre el Parlamento Europeo. Esto último ya lo acordó así el propio Parlamento Europeo cuando levantaron la inmunidad. 

Pero hay más: en el propio auto se señala, en el párrafo 60 la posibilidad de volver a establecer la medida cautelar de la inmunidad en caso de que fuera necesario. En el comunicado de prensa oficial se señala literalmente que «pese a la desestimación de la demanda de medidas provisionales, los diputados mantienen la posibilidad de interponer una nueva demanda si, con posterioridad al presente auto, el perjuicio alegado resultara suficientemente probable, en particular en caso de que fueran detenidos por una autoridad de ejecución de un Estado miembro o de que se llevara a cabo alguna actuación dirigida a entregarlos a las autoridades españolas».

En conclusión: el Tribunal retira la medida cautelar porque no hay razón, según ha afirmado la propia Abogacía del Estado, para considerar que se vaya a producir una detención, ya que las euroordenes están suspendidas. Ahora bien, en caso de que se volvieran a activar, entonces el TGUE advierte que se podría solicitar de nuevo la aplicación de la medida provisional. 

El propio abogado, Gonzalo Boye, lo ha explicado también a través de sus redes sociales.Se evidencia así, una vez más, que algunos han lanzado las campanas al vuelo antes de conocer realmente lo que significa este auto. Se evidencia, también, la falta de rigor a la hora de informar por parte de no pocos medios, que están queriendo dar a entender algo que no ha sucedido. 

Pero seguro que estás preguntándote ¿podrían venir a España? En el comunicado que ha hecho público Toni Comín explica claramente que esta decisión del TGUE deja claro que los tres eurodiputados pueden moverse tranquilos por todos los estados miembro de la UE, salvo en España. 

Si se les ocurriera venir a España, serían puestos a disposición judicial y posiblemente el juez ordenase su prisión provisional, algo que debería terminar en el momento en que tuvieran que acudir a una sesión plenaria del Parlamento Europeo: su inmunidad debe garantizarse tanto para acudir a la reunión como para regresar a sus domicilios. Y en ese momento, se volvería a solicitar, seguramente, la medida provisional para recibir una vez más el amparo del TGUE como ya hizo en la primera ocasión. 

La cuestión, por lo tanto debería plantearse en el sentido de si España estaría dispuesta a detener y llevar a prisión provisional a los tres eurodiputados en caso de que se presentasen en su territorio, arriesgándose a que la situación fuera la que acabamos de explicar, o incluso forzando más aún el contexto, si decidiera no permitir acudir a la sesión del Parlamento a los tres eurodiputados, contraviniendo lo dispuesto por el TGUE. 

En fin, ahora que el asunto está explicado: ¿qué era exactamente lo que estaba celebrando Pablo Casado hoy?