La comercialización de pescado y marisco procedentes de la acuicultura y la pesca continental tiene nuevas normas en Catalunya. El objetivo es garantizar su control y calidad, la sostenibilidad de los recursos y la promoción del producto de proximidad con la finalidad de mejorar la competitividad del sector pesquero. Todo se sintetiza en un Decreto que desarrolla una regulación autonómica integrada en las normas europeas y españolas y que afecta a los diferentes profesionales del sector.

Pescado
 

Regulación

El nuevo decreto normativo regula como se tiene que hacer la primera venta de los productos pesqueros, así como su trazabilidad desde el desembarque, la venta y el transporte hasta las personas consumidoras finales y mujer especial relevancia en las lonjas pesqueras como establecimientos de control de los desembarques, de las operaciones de manipulación y de la primera venta de los productos de la pesca y del marisqueo.

En este sentido, la nueva norma regula cuál tiene que ser el lugar donde efectuar el desembarque o la descarga de los productos; quién tiene que hacer el pesado del producto desembarcat;el documento de transporte que tiene que acompañar los productos de pesca que sean transportados y el tipo de información que tiene que incluir o las guías de circulación necesarias para los productos del marisqueo, acuicultura y pesca continental. En relación a la primera venta, el decreto dice que en el caso de la pesca y el marisco se tiene que hacer en lonjas y cuando se trata de productos de la acuicultura, también es posible hacerlo en el mismo lugar de producción u otros establecimientos autorizados a tal efecto. Sobre el sistemas de venta de los productos pesqueros el decreto establece la subasta, como el sistema ordinario, y regula la posibilidad de establecer pactos o contratos a precio y medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaría, y concreta qué documentación tiene que acompañar las operaciones.

Etiquetado identificativo y trazabilidad

En relación al pescado y el marisco comercializados en una lonja, estos tienen que venderse acompañados de una etiqueta identificación, que incorpore la información obligatoria que se tiene que dar al consumidor, junto con información que acredite el origen del producto de proximidad (fecha de captura, imagen de "pescado de lonja", etc).En relación en los productos de acuicultura, estos también tienen que salir del punto de primera venta acompañados de una etiqueta identificativa que contenga como mínimo la información obligatoria que se tiene que dar a la persona consumidora.

El objetivo de la regulación es garantizar la transferencia de información del producto al consumidor, mediante las pescaderías y otros puntos de venta al público. El consumidor tiene derecho a conocer la denominación comercial y el nombre científico de la especie, el origen (mediante la zona de captura), el método de producción, la información de sí el producto ha sido descongelado, el arte de pesca y el precio. Hace falta que toda la información de la etiqueta sea clara y precisa de forma que la ciudadanía pueda escoger el producto que más le interesa y por lo tanto hacer una compra con conocimiento.