Cada vez hay más enfermedades mentales susceptibles de acabar en una incapacidad permanente reconocida. Este es el caso de una teleoperadora, de 45 años, a quien una jueza de Barcelona le ha concedido la incapacidad permanente absoluta "por no poder desarrollar ningún trabajo" porque sufre un Trastorno Obsesivo Compulsivo (TOC) grave y crónico, además de sufrir un trastorno de tics y depresión. La trabajadora tuvo que presentar una demanda al juzgado porque el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) no le daba ningún grado de incapacidad de al asegurar que "no le causaba ninguna limitación para trabajar".

En la resolución, la magistrada del juzgado de lo Social número 7 de Barcelona atiende la reclamación de la trabajadora, en la demanda presentada por la abogada Jéssica Cid de Campmany Abogados, contra la negativa del INSS de aprobarle ninguna incapacidad. La jueza considera que las patologías que sufre "han sido probadas" por los informes médicos aportados y que estas le dificultan llevar cualquier actividad laboral. Por eso, en la sentencia, del noviembre pasado, la jueza le concede la incapacidad absoluta permanente. Además, como su base reguladora es muy baja (351 euros), se recoge que cobrará la pensión mínima aprobada por el Estado español, que es de unos 700 euros.

 

Enfermedades mentales

En la sentencia, se relata todo el historial clínico y de tratamiento de esta trabajadora, de la cual se explica que desde la infancia tenía algunos tics y que a partir de los 22 años su estado ha ido empeorando. "La actora está en tratamiento desde el 2019 en el Hospital Bellvitge y el Trastorno Obsesivo Compulsivo le impide llevar a cabo actividades laborales, incluso en entornos protegidos, a pesar de haberlo intentado reiteradamente; y presenta clínica depresiva y ansiosa reactiva", recoge la sentencia. Y se añade: "En la actualidad, ha empeorado y ocupa el mayor tiempo diario a  la realización de rituales y de la ansiedad psicofísica que acompaña a los pensamientos intrusos, que ha provocado un deterioro de su funcionalismo socio familiar y laborales, y necesita ayuda de la familia para ocuparse del cuidado de sus hijos."

Ante este cuadro patológico, detallado en recientes informes médicos, del 2020 y 2021, en que no se constata ninguna mejora, la magistrada no duda al concederle la incapacidad para trabajar "con dedicación, atención y diligencia", que -recuerda- son los mínimos exigibles en una actividad laboral, porque tiene unas "patologías graves y crónicas".

 

Desde el despacho de abogados Campmany, que ha defendido el caso de la teleoperadora, se afirma que el TOC (Trastorno Obsesivo Compulsivo), la depresión y el trastorno bipolar "son ahora bastante frecuentes en las solicitudes de incapacidad en la Seguridad Social". Con el TOC, a los abogados les "sorprende" que "no se está considerando lo bastante invalidante, cuando lo es si es grave". También explican que la enfermedad mental "es secundaria", es decir, derivada por ejemplo de enfermedades como la fibromialgia, "pero no por eso es menos importante".

No obstante, lo que sucede en estos casos, lamentan desde Campmany Abogados, es que muchas veces hay que ir a juicio "porque el INSS no reconoce que son limitantes". Detallan que pasa mucho con "el trastorno depresivo mayor", que es común que venga denegada porque "el tribunal médico alega que puede haber una mejora, o que solamente son episodios, o que es una depresión más leve." No obstante, sostienen que la jurisprudencia ha dictado que el trastorno depresivo mayor es causa de incapacidad absoluta. "Los jueces suelen ser justos" en estos casos si con informes de la sanidad pública se demuestra que es una depresión mayor, precisan. Los profesionales también aclaran que "no cuesta más", conseguir una incapacidad permanente por una enfermedad mental que por una enfermedad física.

Por otra parte, los juzgados de lo Social de Barcelona han resuelto que el contagio por la covid-19 son motivo de enfermedad laboral.

 

Foto principal: Los juzgados de lo Social de Barcelona, en la Ciutat de la Justícia / Sergi Alcàzar