La Audiencia Nacional ha preguntado a la fiscalía si puede destruir la gran cantidad de pruebas relacionadas con el procedimiento judicial de los atentados terroristas del 17 de agosto de 2017 en Barcelona y Cambrils. En concreto, el decreto del letrado de la administración de justicia pregunta si se pueden destruir los ordenadores, tabletas, teléfonos móviles, tarjetas SIM, tarjetas y lápiz de memoria, cámaras de fotos, aparte de documentación, elementos para fabricar explosivos, vídeos y banderas de Estado islámico y otros objetos.

La respuesta de las víctimas no se ha hecho esperar, y ya han asegurado que se opondrán a esta destrucción, ya que tienen presentado un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional porque quieren saber toda la verdad del caso, como por ejemplo, si el imán de Ripoll está realmente muerto o si colaboraba con los servicios secretos españoles. Por eso, si el TC les acaba dando la razón, y se tuviera que continuar con las investigaciones, haría falta tener todo este material disponible.

Explicaciones a la policía

La Audiencia también pregunta a la policía donde están los vehículos de los condenados y los muertos, como la furgoneta de Abdelbaky Es Satty, el imán de Ripoll, dos turismos de los hermanos Abouuyaqub, la moto de Mohamed Hichami y los vehículos que los terroristas alquilaron para cometer los atentados. El decreto del letrado de la administración de justicia del servicio de ejecutorias de la sala de lo penal pide a la policía que el vehículo se ponga a disposición de sus legítimos herederos. Una situación altamente improbable porque ninguno de sus herederos ha reclamado nunca el cuerpo del imán.

La ejecución de la pena llega después de que, el noviembre pasado, el Tribunal Supremo rebajara de 8 años de prisión a uno y medio la pena para uno de los condenados por los atentados terroristas del 17-A en Barcelona y Cambrils. Se trata de Said Ben Iazza, condenado por haber dejado una furgoneta y un carné a los terroristas. La sala considera que no sabía las intenciones de los otros implicados y, por lo tanto, lo condena por imprudencia grave en un delito de cooperación con organización terrorista. En cambio, el tribunal rechazó los recursos de los dos condenados principales y también de las acusaciones. La Audiencia Nacional condenó a Driss Oukabir a 36 años de prisión y a Mohamed Houli Chemlal a 43 años por pertenencia a organización terrorista, fabricación y tenencia de explosivos y de estragos y lesiones imprudentes.