El nuevo rector de la UB, Joan Guàrdia, ha ordenado que las facultades y departamentos "flexibilicen" el sistema de evaluación de finales del semestre a causa de las restricciones por la Covid. Así, se establece que las asignaturas se puedan evaluar de forma no presencial, cuando sea posible, o que se flexibilicen las fechas para los alumnos que no puedan hacer los exámenes porque están en cuarentena. Cuando se tenga que hacer presencial, el rector manda mantener todas las medidas de seguridad anticovid.

Ante el empeoramiento de la situación epidemiológica y el endurecimiento de las medidas para contener la propagación de la Covid-19, el recientemente nombrado rector de la UB, Joan Guàrdia, una vez consultados los decanos de las facultades y el Consejo del Alumnado, ha firmado una resolución sobre las medidas que hay que adoptar en la realización de las pruebas finales de evaluación del primer semestre del curso 2020-2021, así como de cualquier otro tipo de actividad académica de evaluación.

Flexibilidad necesaria a la hora de evaluar

La resolución establece que la evaluación de las asignaturas se tiene que llevar a cabo de acuerdo con lo que prevén los planes docentes, pero con la flexibilidad necesaria para poder transformarla a modalidad no presencial, especialmente en las asignaturas con un elevado número de alumnos matriculados, en aquellas donde lo permita su naturaleza y contenido, o cuando se presenten circunstancias que lo aconsejen a criterio de cada centro. En caso de que se adopte la modalidad de evaluación no presencial, se recomienda que sea para todos los grupos de una misma asignatura.

En los casos en que la alternativa de evaluación no presencial no sea factible, o en aquellas pruebas evaluativas en que el cambio de una modalidad en la otra no sea posible en un plazo breve de tiempo, hay que extremar las medidas de protección. Igualmente, se tiene que garantizar que tanto el alumnado como el profesorado y el PAS dispongan con bastante tiempo de antelación de las instrucciones de seguridad para el acceso, la realización de los exámenes y la salida de los edificios.

En la resolución también se especifica que los centros tienen que garantizar sistemas de evaluación alternativos a los estudiantes que no puedan asistir a alguna actividad de evaluación presencial programada --para que se encuentren en una situación debidamente justificada de confinamiento o con dificultades de desplazamiento atendidas las restricciones de movilidad-. Estas alternativas pueden implicar cambiar la fecha de examen, si es posible, o modificar el sistema de evaluación, tal como se hace cuando los estudiantes no pueden hacer una actividad evaluativa por una causa de fuerza mayor.

En la medida en que sea posible, cuando se opte por hacer evaluaciones no presenciales, hay que respetar el mismo calendario que estaba previsto y aprobado para la realización de las pruebas. En caso de que haya que modificar el calendario, los centros tienen que garantizar que se informe adecuadamente a los estudiantes, y con bastante antelación.