El Govern ha aprobado este martes por la mañana el decreto ley que modifica Código de consumo de Catalunya (Ley 22/2010), con el fin de disponer de un marco legal que permita a la Generalitat actuar contra la difusión de contenidos en Internet que hacen apología de los trastornos alimenticios e incitan a seguir conductas perjudiciales para la salud.

Así lo ha expuesto la portavoz, Elsa Artadi, durante la rueda de prensa de hoy al mediodía a Palau, después de la reunión del Govern. El ejecutivo da así luz verde a la norma que tiene que actuar contra la difusión de contenidos en la red que hagan apología de la anorexia y la bulimia.

El nuevo marco legal ampliará la responsabilidad a los intermediarios -empresas, plataformas o servicios digitales- que, a pesar de tener conocimiento de la existencia de este tipo de contenido en sus plataformas, no lleven a cabo acciones para eliminarlos. Se les considerará "cooperadores o encubridores". Será una infracción "grave" del Código de consumo realizar actividades de promoción, publicidad, oferta o cualquier otra que fomente o induzca la adopción de hábitos relacionados con los trastornos alimenticios, como la anorexia y la bulimia, y se podrá sancionar con multas de hasta 100.000 euros.

Con este decreto ley, el Govern da cumplimiento al compromiso suscrito de luchar "eficazmente" en este ámbito, fruto de los trabajos de la Mesa de Diálogo para la Prevención de los Trastornos Alimenticios (TCA), liderada por el Departamento de Empresa y Conocimiento, a través de la Agencia Catalana del Consumo (ACC)-, que pusieron de manifiesto la necesidad "urgente" de adoptar medidas de protección y prevención ante la información potencialmente perjudicial presente en webs, blogs y redes sociales, sobre trastornos como la anorexia y la bulimia.

Esta modificación del Código de consumo permitirá vigilar, investigar y, si es el caso, sancionar las empresas, plataformas y servicios digitales que, a pesar de tener conocimiento de la existencia de este tipo de contenido en sus plataformas, no lleven a cabo acciones para eliminarlos.

De esta manera, se amplía la responsabilidad a los intermediarios de las redes sociales, que pasan a ser también responsable de la difusión de estos contenidos. El incumplimiento de estas obligaciones supondrá una infracción grave del Código de consumo, que se podrá sancionar con multas de hasta 100.000 euros.