El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha suspendido cautelarmente tres preceptos de la ley de creación del libro sexto del Código Civil de Catalunya -relativo a las obligaciones y los contratos- y de modificación de los cinco libros anteriores.

En un comunicado de este martes, el TC recuerda que admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por el presidente del gobierno español conlleva obligatoriamente la "consecuencia automática" de la suspensión provisional.

El tribunal ha trasladado la demanda al Congreso, al Senado, al Parlament y a la Generalitat, que dispondrán de 15 días para personarse en el proceso y formular alegaciones.

El texto regula los contratos de compraventa y permuta, el de cesión solar y el de aprovechamiento urbanístico a cambio de construcción futura y de cultivo, así como los contratos de custodia del territorio, el de integración ganadera, el de alimentos y el de la pensión vitalicia, entre otros.

"Competencias exclusivas"

El Gobierno español recurrió estos preceptos al considerar que desoían la doctrina del Constitucional y regulaban "de forma innovadora" los contratos de compraventa, las cesiones de fincas o de aprovechamiento urbanístico y el contrato de permuta.

Según su recurso, estas materias están entre las competencias exclusivas del Estado, y aludían al artículo 149 de la Constitución para defender su postura.

Mundó: Es una “bofetada"

En declaraciones a Europa Press hace unas semanas, en reacción a la presentación de este recurso, el conseller de Justícia, Carles Mundó, consideró la iniciativa del gobierno central com "una bofetada al Parlament y al mundo jurídico y académico".

Mundó resaltó que el Libro Sexto fue elaborado después de un "trabajo riguroso" de años de prestigiosos académicos y recordó que se aprobó en el Parlament por consenso de varias formaciones, incluidos votos a favor del PP, lo que ve incoherente con el recurso al TC.

Recordó también que el Libro Sexto, que culmina la codificación del derecho civil catalán, contó con el aval del Consell de Garanties Estatutàries que concluyó -tras la petición de Cs de un dictamen- que no vulneraba ni el Estatut ni la Constitución.

Ahora, el Constitucional deberá examinar el fondo del asunto para pronunciarse sobre este recurso del Gobierno español aunque en un plazo no superior a cinco meses deberá decidir si ratifica o levanta esta suspensión cautelar.