¿Tienes un billete para volar con Air Nostrum? Recuerda que hay huelga de pilotos convocada para los días 15, 16, 17, 22, 23 y 24 de abril. Si viajas uno de estos días puede ser que tu vuelo sea cancelado. Ahora bien, los afectados por la huelga de pilotos de Air Nostrum, que pertenece al grupo empresarial de Iberia, tienen derecho a solicitar compensaciones y la devolución del importe del billete en caso de que sea cancelado.

La huelga la ha convocado el Sindicato Español de Pilotos de Líneas Aéreas (Sepla) a Air Nostrum y afectará plenamente la Semana Santa. Facua recuerda que la aerolínea está obligada a dar asistencia a los afectados por cambios o cancelaciones en caso de que se necesite. De esta manera tendrá que proporcionar comida y bebida suficientes por el tiempo que sea necesario esperar un avión y el alojamiento gratuito en un hotel cuando sea necesario pernoctar una o varias noches, además de reintegrar el coste del transporte de vuelta hasta el aeropuerto.

¿Qué derechos tienes como pasajero?

La asociación expone que miles de pasajeros se podrán ver afectados por la huelga, perdiendo así sus días de vacaciones, reservas de hotel u otras conexiones. De esta manera recuerda a los usuarios afectados que el Reglamento Europeo 261/2004 establece una serie de compensaciones en caso de cancelación de los vuelos. Por lo tanto, el artículo 7 de la normativa recoge que "los pasajeros recibirán una compensación por valor de 250 euros para vuelos de hasta 1.500 kilómetros, 400 euros por intracomunitarios de más de 1.500 kilómetros y por todos los otros entre 1.500 y 3.500, y 600 euros para el resto de vuelos".

La normativa establece en su artículo 5 unas excepciones cuando se cumplen tres requisitos en la comunicación de la cancelación: cuando se informe a los afectados con "al menos dos semanas de antelación con respecto a la hora de salida prevista", cuando esta comunicación se haga con una anticipación "de entre dos semanas y siete días respecto de la hora de salida prevista y se los ofrezca un transporte alternativo que los permita salir con no más de dos horas de antelación respecto de la hora de salida prevista y llegar a su destino final con menos de cuatro horas de retraso respecto de la hora de llegada prevista, con menos de siete días antes de la hora prevista y se los ofrezca coger otro vuelo que los permita salir con no más de una hora de antelación con respecto a la hora de salida prevista y llegar a su destino final con menos de dos horas de retraso respecto de la hora de llegada prevista".

¿Qué dice Europa sobre la huelga de trabajadores?

Además, el Reglamento Europeo también recoge, en su artículo 8, el derecho al reembolso del coste íntegro del billete en un plazo de siete días y el traslado al destino final "en condiciones de transporte comparables", mientras que el artículo 9 del mismo reglamento establece que se tiene que ofrecer a los pasajeros afectados "comida y refrescos suficiente", alojamiento en un hotel si fuera necesario y traslado al aeropuerto hasta el mismo hotel.

Facua insiste que todos los usuarios afectados por un retraso pueden reclamar además, otro tipo de indemnizaciones por daños y perjuicios, tanto morales como patrimoniales, que pudieran haber sufrido, tal como señala la sentencia del 13 de octubre de 2011 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), por el incumplimiento del contrato del transporte aéreo que hayan sufrido.

La compañía aérea no puede negarse a las compensaciones económicas porque el concepto de huelga de trabajadores no se considera dentro del concepto "circunstancias extraordinarias", según la sentencia que publicó el mismo TJUE en abril del año pasado.