Estamos en estado de alarma por la pandemia del coronavirus. ¿Pero qué quiere decir, exactamente eso? ¿Qué nuevas medidas ha el Gobierno y cómo nos afectan a nuestra vida diaria? Este artículo quiere ser una guía para saber todo el qué podemos hacer y todo el que no durante los próximos 15 días (como mínimo).

Desde el domingo 15 de marzo, el ejecutivo Sánchez asume el control único y recentraliza las competencias de salud y seguridad, que junto con transporte y defensa se dirigirán ahora desde Madrid. Solo podrá salir de casa para ir a trabajar, para comprar alimentos y medicamentos y cuidar de familiares. El decreto sin embargo, no prohíbe la llegada de vuelos, trenes o barcos.

¿Así pues, cuándo y cómo se puede circular? ¿Qué comercios pueden abrir? ¿Hay tiempo limitado para salir a la calle? ¿Puedo ir a visitar a los amigos? Te explicamos todos los detalles del estado de alarma.

¿Cuándo se podrá salir a la calle?

  • Para adquirir alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
  • Para asistir a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
  • Para desplazarse al centro de trabajo o a la residencia habitual
  • Para la asistencia o cuidado de personas mayores, menores, depenents o personas especialmente vulnerables.
  • Para dirigirse a entidades financieras y de seguros.
  • Para pasear las mascotas
  • Para cargar el depósito de gasolina de tu vehículo.

¿Está regulado el tiempo que se puede estar fuera de casa?

No. No obstante, el Real Decreto advierte que estar mucho rato en establecimientos comerciales abiertos está prohibido, así como consumir dentro de estos mismos establecimientos.

¿Puedo ir por la calle acompañado? 

No, los desplazamientos sólo se podrán hacer de manera individual, exceptuando si se tiene que acompañar a alguna persona con dificultades

¿Puedo salir con niños en la calle?

No. El Real Decreto no contempla esta posibilidad, por eso tendrán que estar confinados en casa excepto un caso de fuerza mayor. Además los parques y áreas deportivas y de recreo están cerrados, como los cines, los museos o los parques de atracciones.

¿Puedo sacar a pasear el perro?

Sí, se puede salir con el perro, pero de forma individual. No se puede pasear la mascota acompañado otras personas.

Posible cierre de carreteras

El ministro del Interior podrá acordar el cierre de carreteras o algún tramo por motivos de salud pública o seguridad.

¿Puedo desplazarme a otra comunidad por trabajar?

Sí. Una de las excepciones a las restricciones de la movilidad es la de poder utilizar los medios de transporte necesarios para facilitar los desplazamientos por cuestiones de trabajo, lo que incluiría el poder trasladarse a otra comunidad, si bien el decreto no lo refleja de manera explícita.

¿Están cerrados los aeropuertos españoles?

De momento no. El decreto pero no prohíbe la llegada de vuelos, trenes o barcos. Los aeropuertos, por lo tanto, quedan abiertos.

¿Puedo volver a mi vivienda habitual?

Sí. El decreto incluye esta posibilidad y deja vía libre a este desplazamiento.

¿Puedo ir a comer a fuera?

Todas las cafeterías y restaurantes, quedarán cerradas al público, aunque podrán hacer entregas a domicilio.

¿Tengo que comprar provisiones?

No. Las autoridades competentes tienen que adoptar las medidas necesarias para el abastecimiento alimentario en los lugares de consumo y el funcionamiento de los servicios de los centros de producción, permitiendo la distribución de alimentos desde el origen hasta los establecimientos comerciales de venta a consumidor, incluyendo almacenes, centros logísticos y mercados.

Sólo abrirán comercios de primera necesidad

Queda suspendida toda actividad comercial minorista a excepción de los comercios de alimentación y productos de primera necesidad, productos farmacéuticos, médicos, ópticas, productos ortopédicos, higiénicos, prensa, combustibles, estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, tintorerías (fundamental en el trabajo y mantenimiento de hospitales y otros centros de atención) y comercio por internet.

¿Qué pasa con las peluquerías?

Aún que en un primer momento las peluquerías eran una excepcion del decreto, el Gobierno rectificó y las peluquerías se mantienen cerradas. La excepción se basa en razones de higiene de personas mayores que pueda tener dificultados de movilidad para cortarse el pelo y lavarse la cabeza, mientras que las tintorerías son necesarias para el trabajo y el mantenimiento de hospitales y otros centros de atención. También quedan abiertas ópticas y estancos.

Sin ocio

También cierran instalaciones culturales, deportivas, así como desfiles, verbenas y fiestas populares. La asistencia a los lugares de culto y a las ceremonias civiles y religiosas, incluyendo las fúnebres, queda condicionada a la necesidad de mantener un metro de distancia como mínimo entre los asistentes.

El decreto del estado de alarma

El BOE publicó la madrugada del 16 de marzo el decreto con la declaración del estado de alarma que limita los movimientos de los ciudadanos pero obvia el confinamiento que había pedido a la Generalitat.

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