Inesperado empujón para la defensa del president Carles Puigdemont. El abogado Gonzalo Boye ha esgrimido la resolución dictada este martes por el juez instructor Pablo Llarena como argumento para frenar la persecución del Tribunal de Cuentas. Llarena reiteraba en su escrito las razones para la no aplicación de la amnistía con la vista puesta en la decisión final del Tribunal Constitucional. No obstante, el instructor sí que admitía que la sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de la UE el pasado julio, en que descartaba que con el procés independentista se vieran afectados los intereses de la UE, "impide" que se mantenga este argumento para denegar la aplicación de la amnistía. Boye ha utilizado estas afirmaciones para presentar unas alegaciones complementarias al escrito que ya había formulado el martes ante el Tribunal de Cuentas para pedir la aplicación de la amnistía.
El abogado de Puigdemont recuerda que el Supremo ha sido uno de los órganos que en el orden penal sostiene una interpretación más restrictiva de la aplicación de la ley de amnistía a Puigdemont y, por esta razón, subraya con más énfasis la contundencia con que Llarena se pronuncia sobre la decisión del TdC. Recuerda que el juez instructor admite que "en este punto, la objeción de las defensas es fundamentada" y que la decisión sobre la amnistía "no puede seguir apoyándose en la hipótesis de reducción de ingresos europeos por una eventual independencia".
Consecuencia inmediata
Boye asegura que la consecuencia de esta valoración en el procedimiento que se sigue ante el TC, "es inmediata". Recuerda, también recogiendo las palabras de Llarena, que el hecho de que el procedimiento se mantenga abierto en el Supremo, no comporta que también continúe en el Tribunal de Cuentas. "La ley distribuye la aplicación de la amnistía entre los órganos competentes para cada responsabilidad. Por ello, la decisión del Tribunal de Cuentas debe ser atendida conforme a su contenido y alcance, pero no sustituye la decisión que corresponde adoptar al órgano penal. La abogacía del Estado y el Ministerio Fiscal coinciden en esta distinción", concluye el juez instructor.