Última oportunidad. La sala de lo penal de la Audiencia Nacional celebra este lunes una vista, en Madrid, solicitada por Alerta Solidaria -que lleva la defensa de la mayoría de CDR encausados en la Operación Judas-  y en la cual los abogados pedirán la suspensión del juicio a los 12 vecinos acusados de terrorismo por la aprobación inicial de la ley de amnistía y la vulneración de derechos realizada por el juez instructor Manuel García-Castellón. El tribunal, presidido por el magistrado Alfonso Guevara, también escuchará a los abogados de las otras defensas, así como la opinión de la Fiscalía y las acusaciones populares formadas por las entidades unionistas Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT); Asociación Dignidad y Justicia (que también es acusación a la causa de Tsunami Democràctic); Asociación Española de la Guardia civil (AEGC); Asociación Unificada de la Guardia civil (AUGC) y el partido ultra VOX. La ley de amnistía, que ahora está en el Senado, se tendría que aprobar, con su publicación en el BOE, a finales de mayo. Las defensas afirman que los procesados se pueden acoger a este olvido penal y que para ahorrar recursos a la Administración de Justicia, se suspenda el juicio, además de que se subsanen las irregularidades denunciadas.

La causa de los CDR está incluida en la ley de amnistía, según Junts y ERC, que finalmente han pactado con el PSOE unas enmiendas para evitar que queden excluido este caso de la Operación Judas y la de Tsunami Democràtic. En la norma se indica que tienen que quedar excluidos los casos de terrorismo que hayan provocado ataques a la vida "de forma manifiesta y con intención directa". En el caso de los CDR, se les acusa de organizar un intento de bloqueo del Parlamento si el presidente Puigdemont iba a voler, además de participar en protestas, que están recogidas en otras causas, denuncia Alerta Solidaria. El escollo más importante es que a algunos de los investigados se los encontró precursores de explosivos, pero ningún artefacto completo, según una pericial recogida en la causa. Si el tribunal suspende el juicio, una vez aprobada la ley de amnistía también será el mismo tribunal quien la tendrá que estudiar y resolver si la aplica a los encausados.

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Los principales encausados de la Operación Judas, en un acto por el aniversario del 1-O del 2023, en la prisión Modelo. / Foto: Miquel Muñoz

 

Penas y terrorismo

Por estos hechos, la Fiscalía de la Audiencia Nacional pide entre 8 y 27 años de prisión para los 12 vecinos acusados de terrorismo en la llamada Operación Judas. En concreto, la Fiscalía solicita que se condene a Eduard Garzón, Esther Garcia, Sonia Pascual, Queralt Casoliva, Germinal Tomás, Alexis Codina, Jordi Ros y Rafael Joaquin Delgado a: 8 años de prisión por el delito de pertenencia a organización terrorista; 11 años de prisión por el delito de tenencia, depósito y fabricación de sustancias o aparato explosivos e inflamables, y 8 años más de prisión por el delito de estragos de carácter terrorista en grado de tentativa. Además, pide que se les imponga la medida de libertad vigilada durante 8 años. Y para los encausados Ferran Jolis, Xavier Buigas, David Budria y Clara Borrero, 8 años de prisión por el delito de pertenencia a organización terrorista.

Por su parte el ACVOT, eleva las penas a los ocho primeros encausados hasta 33 años de prisión. Los hechos que se les imputan no causaron estragos ni muertos, y por eso las acusaciones no reclaman ninguna indemnización porque no hay víctimas.

Vulneraciones de derechos

En la vista, para exponer los llamados artículos de previo pronunciamiento, la defensa de Alerta Solidaria expone en ocho extensos puntos las vulneraciones de derechos fundamentales que considera que ha cometido el juez instructor de la Operación Judas, el titular del juzgado central de instrucción 6 de la Audiencia Nacional, Manuel García-Castellón. El juez ha sido criticado recientemente para querer torpedear la ley de amnistía con sus resoluciones y la imputación por terrorismo del presidente en el exilio Carles Puigdemont, que ahora ha validado el Tribunal Supremo. Las principales vulneraciones denunciadas, aparte de la ley de amnistía, son:

García-Castellón no es el juez predeterminado por la ley

Alerta Solidaria sostiene que la Audiencia Nacional no es el tribunal pretederminat por la ley, que tendría que haber investigado la Operación Judas, sino tribunales territoriales, donde pasaron los hechos. Es decir, el magistrado Manuel García-Castellón no tendría que haber asumido la causa como hizo. La defensa recuerda que la ley fija que la Audiencia Nacional es competente para investigar hechos que pasan en diferentes comunidades autónomas y de organizaciones terroristas, como el Yihadismo. Y en el caso de los CDR, los primeros atestados policiales detallaban manifestaciones y acciones para denunciar la represión del Gobierno. Nada más.

Causa general y escondida como una muñeca rusa

En este sentido, Alerta Solidaria denuncia que la investigación de García-Castellón es una causa general contra el independentismo catalán, como recientemente lo han hecho las defensas de los investigados de Junts y ERC en la causa de Tsunami Democràtic, hecha por el mismo magistrado. Por ahora, ni la Audiencia Nacional ni el Supremo han aceptado que el juez haya hecho una investigación prospectiva

En concreto, la defensa recuerda que el procedimiento inicial fueron las diligencias previas 104/2017, en las cuales se investigaban cortes de carreteras y vías del tren, en el marco de la huelga general, y que no se atribuye al grupo de los CDR y -reiteran- que no son hechos competencia de los juzgados centrales de instrucción de la Audiencia Nacional. La causa de la Operación Judas es la pieza 2 de las diligencias previas 99/2018, que se ha convertido en el sumario 5/2021, aunque se han añadido informes de las diligencias 104/2017. Es decir, la investigación a los CDR se inicia formalmente el 3 de septiembre de 2019, aunque se alimenta de otras causas, incluso la intervención de teléfonos y las balizas de localización GPS puestos en algunos de los vehículos de los investigados, 9 de los cuales fueron detenidos el 23 de septiembre de 2019.

Alerta Solidaria expone que la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) permite separar un procedimiento y que se abran piezas separadas por personas con hechos conexos. En el caso de la Operación Judas, sin embargo, "se han abierto procedimientos, sin que vaya a reparto a otros juzgados, y escondiendo las piezas, como una muñeca rusa, para esconder todo lo que se ha realizado, por el magistrado y con el visto bueno del fiscal", denuncian a los abogados de los CDR. En este sentido, Alerta Solidaria recuerda que "hasta 15 veces el juez instructor ha desobedecido" en la sala de lo penal de la Audiencia Nacional que ha ordenado que dé todas las investigaciones hechas (en las diligencias 104/2017 y 99/2018) a las defensas, y que -aseguran- que no ha cumplido.

"Dicho de otra manera, nos resulta, como mínimo, ilógico que el magistrado instructor pueda mantener una investigación contra los CDR por si estos pudieran ser considerados una organización terrorista, cuando las acciones que en los mismos supuestamente se los atribuían, en otra causa, el mismo magistrado había considerado que estaban hechos como máximo constitutivos de unos meros desórdenes públicos. En definitiva, entendemos que había una clara falta de competencia ab initio del magistrado instructor para conocer de la causa, actuando lo mismo con clara infracción de la interdicción de arbitrariedad", recoge el escrito de los letrados de Alerta Solidaria, y por eso plantean "la nulidad radical de la causa por vulneración del derecho al juez ordinario predeterminado por Ley".

Acciones ya juzgadas y un policía infiltrado

En la segunda vulneración de derechos expuesta, Alerta Solidaria declara que en el procesamiento y los escritos de acusaciones de la Fiscalía y las otras partes se recogen hechos investigados e, incluso que ya han sido juzgados por otros tribunales, la mayoría acciones de protesta, que se imputan a los 12 procesados. Uno de los casos más evidentes es el corte de carreteras el 1 de febrero de 2019 por el traslado de los presos políticos a la prisión de Lledoners. La jueza del juzgado de lo Penal 1 de Manresa absolvió los 9 de Lledoners investigados, entre ellos Eduardo Garzón y David Budria, pendientes de juicio en la Operación Judas.

Una nueva vulneración de derechos, por las defensas, es al derecho a la privacidad porque reiteran que la investigación ha sido "prospectiva", y de la cual se sospecha que quizás habría "un agente de la policía infiltrado", ya que este grupo de telegram estaba cerrado, y la investigación no dice cómo se ha obtenido la información ni las capturas de los mensajes. Y si el agente, precisan, no tenía orden judicial para hacerlo, las informaciones obtenidas serían ilegales.

Más de 30 teléfonos pinchados

La defensa sostiene que la causa es una investigación prospectiva y pone el ejemplo que el primero de los procesados, Clara Borrero, no aparece hasta casi 9 meses después de iniciarse las investigaciones en la causa 104/2017,donde se intervino el teléfono 30 personas relacionadas con el mundo independentista, entre ellas Xavier Pellicer, y cuándo fue diputado por la CUP en el Parlamento se le dejó de espiar. De Pellicer y estas personas no se ha abierto ningún procedimiento penal. Las defensas también denuncian la filtración del sumario y difusión a los medios, incluido informes médicos de los procesados y vídeos de sus interrogatorios. Eduard Garzon, Jordi Ros, Clara Borrero y David Budria presentaron un recurso de amparo y esperan respuesta por esta vulneración.

Denuncia de torturas por la Guardia Civil

Finalmente, Alerta Solidaria denuncian que cuando fueron detenidos los 9 primeros vecinos en algunos casos no se avisó a ningún abogado defensor en los registros de sus viviendas. Y en el caso de Jordi Ros ha denunciado torturas por parte de la Guardia Civil porque -se indica. que agentes lo presionaron durante más de 10 horas, mientras amenazaban con hacer daño a su hermano presente, que tiene una grave enfermedad mental, y por lo tanto tiene una "enorme vulnerabilidad". En el titular del juzgado de instrucción 2 de Sabadell recayó la querella, de la cual la Fiscalía pidió el archivo y la Audiencia de Barcelona ha de resolverlo.

Por todo eso, Alerta Solidaria pide la nulidad de la causa de la Operación Judas porque "el juez instructor ha vulnerado el derecho de defensa, a escoger jurisdicción, a un proceso equitativo, a la libertad ideológica y al derecho de secreto de comunicaciones y a la vida privada".