El Tribunal Supremo ha abierto una causa contra el president de la Generalitat en el exilio, Carles Puigdemont, para investigarlo por el delito de terrorismo en la causa de Tsunami Democràtic, según ha informado este jueves al alto tribunal español. El tribunal también acepta investigar al diputado de ERC, Ruben Wagensberg -en asegurar que los hechos superan el ámbito de Catalunya-, y devuelve los otros diez investigados por terrorismo al juez de la Audiencia Nacional, Manuel García-Castellón, la tesis del cual ha sido asumida por los magistrados del Supremo.

La magistrada Susana Polo ha sido designada como la instructora de la causa contra Puigdemont y Wagensberg, que recientemente se ha marchado a Suiza. El tribunal equipara Tsunami con el "terrorismo callejero" con que se calificó a las acciones de la kale borroka en Euskadi.

 

En la resolución, el Supremo sostiene que hay indicios de la "participación" de Puigdemont en Tsunami porque, el líder de Junts "estuvo informado" de la constitución de la plataforma anónima como "grupo organizado para la subversión de la orden constitucional y desestabilización grave de las instituciones democráticas".

"Apoyo carismático"

El tribunal presidido por Manuel Marchena, criminaliza a Puigdemont por su "apoyo carismático" a Tsunami, una expresión que usada en su informe el fiscal Fidel Cadena, y que no era el definitivo de la Fiscalía, que no ve indicios contra el presidente catalán en el exilio.

"Podía retirar su apoyo carismático, pero lejos de esto animó a seguir en las acciones violentas que se desarrollaron con su conocimiento y consentimiento", lo acusa directamente el alto tribunal español", lo acusa directamente el alto tribunal español. Es decir, para los magistrados, hay indicios contra Puigdemont "por omisión" porque permitió las movilizaciones en el aeropuerto de El Prat el 2019 y no dijo públicamente que se tenía que detener la protesta.

Y es que en el sumario de Tsunami no hay ninguna acción directa de Puigdemont: no participó en ninguna de las protestas en Catalunya, ni hizo ningún llamamiento a la violencia. En la investigación, solo se apunta una reunión en Ginebra, donde se le habría presentado Tsunami. Y una conversación con el empresario Josep Campmajó, también investigado en Tsunami, donde Puigdemont afirma que espera que "no haya ninguna muerte en ninguno de los bandos". Lo que ha sido interpretado por la Fiscalía como que el president no quería acciones violentas. No obstante, para el Tribunal Supremo, no es suficiente.

¿Nuevo suplicatorio?

Los magistrados concluyen que respecto a Puigdemont y Wagensberg es "necesario y pertinente que sean llamados al procedimiento, a fin de ser escuchados como investigados, con todos los derechos y garantías previstas a nuestro ordenamiento jurídico". Habrá que ver, pero, si primero, el Supremo tiene que pedir un nuevo suplicatorio en el Parlamento Europeo para poder interrogarlo.

Más allá de ETA y el yihadismo


En el escrito, el Tribunal Supremo hace un análisis a fondo de las acciones que abrazan actualmente el delito de terrorismo, con crítica directa: "La afirmación que aflora en algunos políticos y medios de comunicación que solo las acciones de ETA o de la Yihad merecen ser tratados como terrorismo, es incompatible con la definición que del terrorismo se deriva del actual artículo 573 del Código Penal". Sin embargo, víctimas de las dos organizaciones han criticado que se asocie Tsunami a terrorismo. 

El tribunal recuerda que el delito de terrorismo fue reformado en el 2015 y que -todo y las críticas que es poco claro- se apoya en la normativa europea. Esta reforma fue para eliminar la kale borroka del País Vasco, el tribunal equipara Tsunami con este movimiento, y reproduce sentencias de condena.