Archivado. El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSC) ha dictado el archivo provisional de la causa abierta contra el diputado del Parlamento de Catalunya Daniel Serrano por los delitos de agresión sexual y lesiones. En la resolución, difundida este jueves por el gabinete de prensa del TSJC, el magistrado instructor del TSJC, Carlos Ramos, dicta el sobreseimiento por "no haber quedado debidamente justificada la comisión de los delitos que dieron lugar" a la denuncia por unos supuestos hechos del año 2016. La denuncia fue interpuesta por la secretaria del área de Igualdad y miembro de Comité Ejecutivo del PP en Catalunya.

En enero de 2021, el diputado en el Parlament y secretario general del PP catalán, Daniel Serrano, dejó todas sus funciones al partido después de las acusaciones de un delito de agresión sexual y dos delitos leves de lesiones por parte de una compañera. 

Relaciones "consentidas pero reprobables"

Las agresiones denunciadas se produjeron el 2016 y la mujer no las denunció hasta finales del 2019, hecho que hace sospechar al juez Ramos, además de asegurar que los dos mantuvieron una relación profesional, a pesar de aquel grave incidente, y, por lo tanto, concluye que la relación fue consentida."Sin perjuicio que algunas de estas relaciones se produjeran con cierto ímpetu y una reprobable desconsideración por parte de él", afirma el magistrado.

La denuncia en tres juzgados

En la resolución, el magistrado Ramos afirma, que comparte el posicionamiento del fiscal, que las versiones del diputado popular y la víctima, que admiten que mantuvieron una relación sentimental, "son irreconciliables", y que no da total credibilidad a las acusaciones de ella. El procedimiento se inició en el 2019 en un juzgado de violencia doméstica de Barcelona, y como las relaciones no eran consideradas de pareja, pasaron en el juzgado de instrucción 30 de Barcelona, y finalmente en el TSJC por el aforo de Serrano.

La mujer declaró que desde marzo de 2015 habían mantenido una relación sentimental sin compromiso de convivencia y con relaciones sexuales, durante la cual se produjeron "continuos altos tratamientos físicos, verbales y psíquicos". Una de las veces sufrió hematomas en el brazo y en el pómulo y "en el 2016 fue forzada a mantener sexo violento y agresivo". El político lo negó todo.

El juez no se cree a la denunciante

El magistrado Carlos Ramos afirma que es habitual que las víctimas de agresiones sexuales por parte de conocidos presenten con cierto retraso la denuncia. Afirma que "en general pasa en víctimas inmaduras, mucho más si son menores, y si se trata de relaciones con dependencia económica al agresor". Añade, sin embargo, que "este no es el caso de la denunciada", ya que se la define como "una persona emocionalmente madura, con formación profesional y sin dependencia con el supuesto agresor."

Añade que la denunciante "tiene una dilatada experiencia en la formación política y donde tuvo en algunos momentos cargos de responsabilidad superiores al denunciado", además de su tarea de "concienciación de las mujeres ante la violencia machista, y tener proyección a las redes sociales. Añade que no se apartó del diputado durante tres años, hasta denunciarlo, finalmente, en el 2019. El magistrado expone que los dos mantuvieron una relación de trabajo, aunque ella denunció que fue apartada de grupos de responsabilidad, y que este comportamiento no es compatible con la gravedad de los hechos denunciados. Y por todo eso, considera que no hay suficientes indicios de criminalidad y cierra la causa contra el político, como también defendía la fiscalía.