Condena parcial. El Tribunal de Cuentas ha condenado al juez Daniel de Alfonso a devolver a la Oficina Antifrau de Catalunya 82.341 euros cobrados indebidamente cuando era director de la entidad y califica su comportamiento de "gravemente negligente", según la resolución a la que ha tenido acceso ElNacional.cat este lunes. Antifrau y la Fiscalía reclaman que devuelva 205.000 euros cobrados irregularmente por De Alfonso y dos exresponsables de la oficina, pero la consejera del Departamento 2º de la Sección de Enjuiciamiento sostiene que solo se le puede hacer responsable de una parte y que el "resto está prescrito", a pesar de que la tardanza de la resolución no es atribuible a los denunciantes, que presentaron la demanda hace siete años, el 2018.
La consejera Elena Hernáez detalla que "tiene que considerarse prescrita la responsabilidad contable derivada de todos los pagos injustificados efectuados antes del día 27 de marzo de 2013, pues, respecto a estos pagos, se habría completado el plazo de prescripción de 5 años", puesto que la interrupción del plazo está fijada el 27 de marzo de 2018, que es cuando se aprobó el Informe de Fiscalización de la Sindicatura de Cuentas de Catalunya 5/2018 sobre la OAC, ejercicio 2015. La resolución no es firme y De Alfonso, que actualmente es magistrado en un juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Cantabria, puede presentar recurso ante la sala de Justicia del Tribual de Cuentas, y después ante jurisdicción de lo contencioso–administrativo.
Implicado en la operación Catalunya
De Alfonso fue director de Antifraude del 2011 al 2016, cuando fue destituido por el Parlament al descubrirse unos audios de una conversación de él con el entonces ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, con el que conspiraba contra la política catalana, conocida después por operación Catalunya, y de la cual ningún tribunal español ha querido investigar.
"Falta de cobertura legal"
La Fiscalía y Antifrau detallaban cuatro cobros irregulares, aprobados y cobrados por el que era el máximo cargo de Antifraude, y otros dos responsables. La OAC pide a De Alfonso que devuelva 180.000 euros que cobró indebidamente por unos trienios y 2.400 euros como complemento de calidad, y 23.000 euros que cobraron de más Josep Maria Sangenís (que era jefe de Administración y Recursos Humanos) y Maite Masià (era directora adjunta de la OAC).
En concreto, De Alfonso cobró siete trienios que había conseguido en la carrera judicial, pero con el cálculo del sueldo de director del OAC, "importe este que era sustancialmente superior al correspondiente a los trienios reportados en destinos judiciales". Así, cobró 39.953 euros en trienios los años de los 2012 al 2015 y 20.179 el 2016.
Los estatutos del régimen y el gobierno interiores (ERGI) de los organismos autónomos que dependen del Parlament, como Antifrau, fija que "cada funcionario o funcionaria del Parlamento tiene que recibir una cantidad equivalente al 5% de su retribución por cada trienio de antigüedad como funcionario o funcionaria del Parlament." Y En la resolución, la consejera Elena Hernáez afirma: "Está claro que esta redacción del artículo 94 de los ERGI no amparaba el pago al director de la OAC de los siete trienios ganados en destinos judiciales como si fueran trienios completados en la Oficina." Así, según el órgano fiscalizador, el total cobrado indebidamente con los trienios fue de 119.889 euros, que se rebajan a 82.000 por la prescripción.
Con todo, la juzgadora concluye que "el pago de los siete trienios de antigüedad completados por De Alfonso antes del inicio de su mandato como director de la OAC, por el importe correspondiente a los trienios reportados en la Oficina, tiene que considerarse injustificado por falta de la debida cobertura legal, pero solo durante el tiempo en que estuvo vigente la redacción del artículo 94 ERGI aprobada con fecha 22 de abril de 2009; por el contrario, a partir del año 2015, este pago sí que tiene que considerarse justificado por cuanto contaba con la debida cobertura legal, a consecuencia de la modificación del artículo 94.2 ERGI operada con fecha 18 de diciembre de 2014." Desde Antifrau, que dirige Miguel Ángel Gimeno, se defendía que se tenía que cobrar los trienios en el lugar meritado, pero la Sindicatura de Comptes hizo la lectura contraria y ahora aplicada por el Tribunal de Cuentas.
"Actuación gravemente negligente"
La consejera critica abiertamente a De Alfonso: "No ha extremado las precauciones, sino que, más bien al contrario, ha omitido toda precaución, haciendo completa dejación de sus responsabilidades en materia de gestión económica en el jefe del Área de Administración, Recursos Humanos y Presupuesto de la Oficina,
dejación que, lejos de eximirle de responsabilidad, como se pretende en las contestaciones,
constituye, en sí misma, una actuación gravemente negligente." Y añade: "Por lo demás, no es excusable en quién tiene la condición de miembro de la Carrera Judicial, la ignorancia que se alega en las contestaciones sobre las cuestiones relativas a la gestión económica de la entidad. Los daños a los fondos públicos de la OAC que se enjuician en las presentes actuaciones no derivan de una deficiente aplicación de criterios técnicos pertenecientes a los campos de la contabilidad o de las finanzas públicas, sino de una incorrecta aplicación de las normas jurídicas sobre reconocimiento de antigüedad por servicios prestados en otros entes públicos, y sobre cuantificación de los trienios generados dentro y fuera de la OAC."
Por todo esto, el Tribunal de Cuentas considera que el juez De Alfonso "es responsable contable de daños causados a los fondos públicos de Antifrau" y le hace devolver unos 82.000 euros a organismo.