La Sala Segunda del Tribunal Constitucional ha resuelto más de seis meses después un recurso de amparo presentado por el PSC, que consideraba que la Mesa del Parlament había vulnerado los derechos de los diputados en el pleno de desconexión (del 6 y 7 de septiembre) porque no había pedido al Consell de Garanties Estatutàries un informe sobre la Ley de transitoriedad jurídica. Los socialistas recorrieron al alto tribunal que ahora ha dictado sentencia, dando la razón a los de Miquel Iceta. La decisión se ha tomado por unanimidad y resuelve que la Mesa no sólo vulneró el derecho de los diputados para no pedir el informe sino también el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos. La Ley de Transitoriedad fue, posteriormente, declarada "inconstitucional y nula en su integridad" por el mismo Tribunal Constitucional. En aquella resolución, los magistrados ya advertían de "vicios en su tramitación".

 

A la sentencia, los magistrados resaltan que para preservar el pluralismo político "es necesario no sólo respetar la posición y derechos de las minorías sino también los derechos de los representantes que puedan ejercer su función en condición de igualdad y siguiendo las normas reglamentarias".

El TC entiende que la decisión de no consultar el Consell de Garanties Estatutàries se hizo "fuera de toda la previsión del reglamento del Parlamento y del resto del ordenamiento aplicable". Por lo tanto, no hacer este trámite entiende que afecta "al núcleo esencial de la función parlamentaria". La sentencia recuerda que la "función primordial" de toda asamblea parlamentaria es "respetar la ciudadanía".

El pasado 10 de febrero, el Tribunal Constitucional también resolvió otro recurso de amparo presentado por el PSC y declaró nulo el acuerdo de la mesa del Parlamento que permitió la tramitación y la aprobación de la Ley del Referéndum. La sentencia del alto tribunal concluye que las votaciones del pleno del 6 de septiembre del 2017 vulneraron los derechos de los diputados porque no admitieron la solicitud de dictamen del Consejo de Garantías estatutarias.

La sentencia destacaba que la actuación de la mesa de la cámara catalana y de sus miembros se llevó a cabo a pesar de las protestas de Cs, PPC y el PSC, y de las advertencias del Secretario General del Parlamento y del Letrado Mayor. EL TC ya se había pronunciado sobre la tramitación de estas leyes el 20 de septiembre, cuando el pleno del tribunal anuló los acuerdos del Parlamento del 6 y del 7 de septiembre con los cuales se aprobó la Ley de Transitoriedad Jurídica y la Ley del Referéndum.