La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha decidido no admitir a trámite y archivar la querella presentada por Vox contra el presidente de la Generalitat, Quim Torra, por haber hecho un llamamiento a seguir la vía eslovena.

Según el partido de ultra derecha –que ejerce la acusación popular en el juicio al procés- las declaraciones de Torra eran constitutivas de un delito de provocación, conspiración o proposición para la rebelión. La querella se centraba en declaraciones que Torra había hecho en diciembre del 2018 y de un posterior tuit que hizo desde su cuenta oficial de presidencia, y lo relacionaba con actos de los CDR y mensajes difundidos en esta red social.

Según la sala, la querella expone "simples sospechas" derivadas de opiniones y mensajes de varias cuentas de Twitter emitidas por personas diferentes, "que no tienen relación entre ellos ni con el querellado". Por lo tanto, considera que los hechos denunciados "no constituyen ningún ilícito penal".

 

En el acto de presentación del Consell de la República, Torra se refirió al precedente de Eslovenia. "Los eslovenos lo tuvieron claro, decidieron determinarse y salir adelante con todas las consecuencias y hasta conseguirlo, hagamos como ellos", dijo. Unas palabras –y un posterior tuit- que Vox llevó al Supremo para considerar que Torra había cometido un delito de provocación, conspiración o proposición para la rebelión.

Según la sala, las declaraciones de Torra no encajan con los delitos penales por los cuales Vox presenta la querella "por más que las expresiones de ideas políticas pueden resultar descabelladas".

Los magistrados entienden que hace una "mención" al precedente de Eslovenia pero que está "desvinculada" de acciones o decisiones concretas ulteriores que haya hecho el mismo Torra. "Para apreciar provocación, proposición o conspiración para la rebelión es indispensable que no se llegue a iniciar la ejecución del delito, porque sino por el contrario estaríamos ante una tentativa o la consumación del delito", recoge la resolución. Y añade: "Pero al menos los hechos se tienen que poder situar más allá de la fase interna del consenso de opiniones políticas, aprobación de comportamientos ajenos o comunidad de ideología y caer en fase de resolución manifestada que expresan no las opiniones públicas, sino las medidas o decisiones externas".