Oriol Junqueras no podrá recoger el acta de eurodiputado. La sala segunda del Tribunal Supremo ha denegado este viernes el permiso que solicitó su defensa para asistir el lunes que viene a las 12 del mediodía al Congreso de los Diputados, cuando los ha convocado la JEC para acatar la Constitución y adquirir la condición plena del cargo por el cual han sido escogidos. Esta decisión se suma a la de la JEC, que ha dicho que Carles Puigdemont y Toni Comín tienen que ir a Madrid si quieren ser miembros de pleno derecho del Parlamento Europeo. Uno de los argumentos del Supremo es justamente el Govern en el exilio. Pero la inmunidad parlamentaria es el principal obstáculo.

En su auto, los magistrados argumentan que el desplazamiento de Junqueras hasta Bruselas "pondría en un irreversible peligro" los fines del proceso. Es decir, no retrasar la posible sentencia después de finalizar esta semana el juicio oral. Adquirir la condición de eurodiputado significaría adquirir la inmunidad. Además, el tribunal del procés señala que la pérdida del derecho de participación política "no es irreversible", sino temporal.

La sala segunda, presidida por Manuel Marchena, argumenta que el permiso para asistir a la Junta Electoral supondría la activación de un trámite que culminaría con un doble efecto: "De una parte, si lo que se pretende es dar prioridad a la condición de parlamentario europeo, la necesidad de renunciar a la condición, ya adquirida, de miembros de las Cortes españolas; de otra, el obligado traslado del señor Junqueras a Bruselas para la toma de posesión".

 

El tribunal también se ampara en la existencia de exiliados. Su desplazamiento a Bruselas "implicaría de entrada la pérdida del control jurisdiccional sobre la medida cautelar que le afecta, y eso desde el instante mismo en que el acusado abandonaría el territorio español". Y subraya que Carles Puigdemont "dice haber instalado la sede del gobierno de la república catalana en el exilio, cuya presidencia él encarnaría".

Según los magistrados, la situación es diferente del permiso que se dio a los diputados en las Cortes españolas para tomar posesión de sus cargos. Y recuerdan que Junqueras ya ha adquirido la condición de diputado en el Congreso y que el tribunal "ha adoptado las resoluciones necesarias para hacer posible la titularidad de su derecho". El alto tribunal subraya que "el deber de esta sala de asegurar los fines del proceso adquiere un significado especial, que condiciona la respuesta a cualquier solicitud que pueda deducirse."

Finalmente, la sala segunda se cura en salud, y destaca que rechazar ahora el permiso "no implica una pérdida irreversible del derecho de participación del solicitante, sino "su temporal aplazamiento hasta que, en función del eventual desenlace del proceso, desaparezcan los obstáculos que impiden el efecto adquisitivo de la condición parlamentaria".