Rota. La reforma del delito de malversación impulsada por ERC para los excargos del Goven pendientes de juzgar por el 1-O ha sido definitivamente desarmada este lunes con la resolución del Tribunal Supremo, presidido por Manuel Marchena. El Supremo ha rechazado aplicar la malversación atenuada, incluida en la reforma del Código Penal, y mantiene la inhabilitación a cargo público que ya tenían los condenados por el 1-O: hasta el 2031 para Oriol Junqueras y Dolors Bassa y hasta el 2030 para Raül Romeva y Jordi Turull. Este posicionamiento, que ya defendieron para los exiliados el juez Pablo Llarena y la Fiscalía General del Estado, perjudicará directamente a los responsables de entonces del Departament d’Economia i Hisenda, los republicanos Josep Maria Jové y Lluís Salvadó, pendientes de ser juzgados en el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC), con la consellera de Cultura, Natàlia Garriga, que solo ha sido procesada por desobediencia. La Fiscalía Superior de Catalunya tenía que presentar la semana pasada el escrito de acusación y, con la resolución de Marchena, ya tiene todos los avales para pedir que sean castigados por malversación agravada, que si el gasto supera los 250.000 euros puede ser sancionada hasta 12 años de prisión. La causa contra el president Carles Puigdemont, Toni Comín y Lluís Puig, procesados por malversación y desobediencia, también se agrava.

El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) anunció, el noviembre pasado, la conclusión del sumario y ordenó la apertura del juicio oral contra la actual consellera de Cultura, Natàlia Garriga, y los diputados de ERC Josep Maria Jové y Lluís Salvadó, por su actuación en los preparativos del 1-O cuando eran cargos del Departament d'Economia i Hisenda. Jové y Salvadó están procesados por los delitos de desobediencia, prevaricación, malversación de fondos públicos y revelación de secretos. Estos dos últimos delitos pueden implicar elevadas penas de prisión. El tribunal para juzgar a los cargos de ERC está formado por el presidente del TSJC, Jesús María Barrientos, Carlos Ramos y Fernando Lacaba. Cuando la Fiscalía presente el escrito de acusación, después lo harán la Abogacía del Estado y Vox, que es acusación popular.

ERC rechaza la malversación

El abogado de los líderes de ERC condenados por el Supremo, Andreu Van den Eynde, defendió que los gastos realizados por la organización del referéndum de autodeterminación de Catalunya no encajaban en ningún delito de malversación, porque sostiene que realizaron una actuación reclamada por la ciudadanía. Por su parte, en la actualización del procesamiento del president Carles Puigdemont y el resto de exiliados, la Abogacía del Estado ha defendido que se les tiene que aplicar la malversación atenuada porque no hay ningún enriquecimiento personal ni de terceros. Y, por lo tanto, también lo solicitará para Jové y Salvadó. El juez Pablo Llarena, sin embargo, aseguró que disponer de fondos públicos para un destino no oficial es un uso no adecuado, encuadrado en la malversación, no en la administración desleal, tal como ahora ha razonado el tribunal, formado por seis magistrados, y compañeros de Llarena, en la sala de lo penal del Supremo. Los líderes de ERC, como Marta Rovira, interpretaron la resolución de Llarena como una clara persecución al independentismo.

La reforma penal, impulsada por ERC y pactada con el PSOE, intentaba que los excargos del Govern no tuvieran que afrontar unas penas como las que impusieron a los líderes políticos. El nuevo delito de malversación atenuado (art. 433 del Código Penal) castiga el desvío de gasto presupuestario de uno a cuatro años de prisión e inhabilitación hasta los seis años si hay una afectación grave del servicio. Ahora, sin embargo, la Fiscalía podría pedirles el doble.

Los investigados por el juzgado de instrucción 13 y 18, afectados

La resolución de Marchena también afecta directamente a unos dieciocho procesados por malversación y falsedad documental que están incluidos en la treintena de cargos de la Generalitat y empresarios acusados de organizar el 1-O, investigados por el juzgado de instrucción 13 de Barcelona y que hace tiempo que están pendientes de ser juzgados por la sección 21 de la Audiencia de Barcelona. Además, hay una decena de investigados en el juzgado de instrucción 18 de Barcelona por la promoción de la independencia de Catalunya en el exterior. Este caso y el del juzgado de instrucción 13 están pendientes de que la Audiencia de Barcelona resuelva la competencia y si se unifican en una sola causa.