Movimiento in extremis. El Partido Popular vuelve a la carga contra la ley de amnistía con el objetivo de torpedear el previsible aval del Tribunal Constitucional a la norma del olvido penal. Después de saberse que la previsión del TC es aprobar la sentencia sobre la amnistía en un pleno monográfico que se celebrará entre el 24 y el 26 de junio, los diputados del PP han presentado un escrito al Constitucional solicitando que se suspenda el debate de su recurso de inconstitucionalidad hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronuncie sobre las cuestiones prejudiciales que tiene encima de la mesa. Es lo mismo que reclamaron hace diez días los magistrados conservadores César Tolosa, Enrique Arnaldo y Concepción Espejel, y que el presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido, ha descartado esta semana. Por lo tanto, es esperable que en esta ocasión también cierre la puerta a ello. “El control de constitucionalidad del Tribunal Constitucional es independiente de las decisiones de otros órganos jurisdiccionales”, justificó el TC hace tres días. Las cuestiones prejudiciales más relevantes que se han registrado son las que han impulsado el Tribunal de Cuentas por el 1-O y la promoción de Catalunya en el exterior; el TSJC en el caso de Josep Maria Jové, Lluís Salvadó y Natàlia Garriga, y la Audiencia Nacional en el caso de los CDR de la operación Judes.
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Fuentes del PP relatan que, en su escrito, denuncian que el Constitucional “no les ha notificado ni informado sobre las solicitudes planteadas” por los tres magistrados conservadores “ni sobre la resolución de las mismas pese a ser parte del procedimiento” y recuerdan que existen al menos cuatro cuestiones prejudiciales formuladas al TJUE por entender que la amnistía “vulnera el Derecho de la Unión Europea en relación con principios fundamentales como la igualdad y no discriminación, la separación de poderes y la independencia judicial”. “Es imprescindible que el Tribunal Constitucional espere a conocer la decisión del TJUE antes de pronunciarse sobre el recurso de inconstitucionalidad contra esta ley inmoral de Sánchez que, además de romper la igualdad ante la ley de los españoles, es contraria a las leyes europeas al pretender amnistiar delitos de malversación y corrupción solo a cambio de los votos de los amnistiados”, remachan las mismas voces.
Fue el lunes al mediodía cuando el Constitucional confirmó que Cándido Conde-Pumpido había denegado la petición de los magistrados conservadores de convocar un señalamiento específico sobre el eventual planteamiento de una cuestión prejudicial al TJUE. “Después de consultar a la vicepresidenta Immaculada Montalbán, ponente del recurso del PP, no se estima procedente el señalamiento prematuro del referido debate, separado de la deliberación principal sobre el fondo del recurso de inconstitucionalidad planteado por el Partido Popular”, esgrimían fuentes del TC. Asimismo, Conde-Pumpido denegó la suspensión de la deliberación, votación y sentencia mientras no se resuelvan las cuestiones prejudiciales planteadas al TJUE por varios órganos de la jurisdicción ordinaria. “La función de control abstracto de constitucionalidad que tiene que realizar el Tribunal Constitucional es independiente de las decisiones adoptadas por otros órganos jurisdiccionales en el ámbito de su competencia específica”, argumentaron desde el TC.
Las principales cuestiones prejudiciales que se han presentado: el Tribunal de Cuentas, el TSJC y la Audiencia Nacional
¿Qué cuestiones prejudiciales tendrá que estudiar el TJUE? La primera consulta sobre la amnistía que llegó al Tribunal de Justicia de la Unió Europea fueron las ocho cuestiones prejudiciales que elevó el Tribunal de Cuentas, con la oposición de la Fiscalía y las defensas y el único aval de Sociedad Civil Catalana. La consejera del tribunal, Elena Hernáez, que juzgó a los presidents Artur Mas y Carles Puigdemont y al exvicepresident Oriol Junqueras, junto con una treintena de excargos, acusados de hacer un gasto de 3,4 millones de euros para la organización del 1-O y para la promoción de Catalunya en el exterior, suspendió la sentencia hasta que el TJUE responda. Eso sí, mantuvo las medidas cautelares consistentes en conservar en el Tribunal de Cuentas los 5,4 millones de fianza, una parte de los cuales fueron aportados por la Caixa de Solidaritat y otros con avales del Institut Català de Finances.
Al día siguiente, quien dio el paso fue el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, que suspendió el juicio a Josep Maria Jové, Lluís Salvadó y Natàlia Garriga para preguntar si amnistiar la malversación del 1-O choca con la lucha contra el fraude que afecta a los intereses financieros de la UE a través del Derecho Penal. El TSJC argumentó que la maniobra estaba justificada porque los intereses financieros de la UE “pueden verse expuestos o en peligro cuando un estado miembro de la UE incumpla el mandato de adoptar las medidas necesarias para garantizar que no quede impune ninguna malversación intencionada de fondos públicos”. “A la UE, no le debe ser indiferente que, actuando de común acuerdo con los autores convictos o simplemente presuntos de la malversación a cambio de un favor político, se otorgue la impunidad a dicha conducta, aunque recaiga solo sobre fondos nacionales del estado miembro”, apostilló.
Finalmente, la Audiencia Nacional frenó la amnistía a los 12 CDR de la operación Judas acusados de terrorismo y pidió al TJUE que se pronuncie sobre si la aplicación de la amnistía en este caso contraviene el Derecho comunitario y garantiza la impunidad de los delitos. La Fiscalía y las defensas reclamaron que se les amnistiara porque sus acciones no fueron ejecutadas y no hubo personas heridas. Sin embargo, los tres jueces concluyeron que aplicarles la norma del olvido penal supondría “enviar un mensaje hacia el futuro en el sentido de que los delitos de terrorismo pueden ser perdonados cuando la intencionalidad de los mismos esté en línea con los intereses políticos de quien dicta la ley de amnistía”.