El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, ha denegado, en un acuerdo, la petición de los magistrados César Tolosa, Enrique Arnaldo y Concepción Espejel que se pare la tramitación sobre la constitucionalidad de la Ley de Amnistía del procés, aprobada el verano pasado, y que se plantee una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para saber su legalidad, según ha informado al tribunal este lunes. Con esta acción, los tres magistrados conservadores provocaban que se retrasara la decisión del órgano de garantías sobre la situación de los independentistas catalanes, especialmente del president en el exilio, Carles Puigdemont, que todavía no puede volver a Catalunya porque tiene en vigor la orden de detención por el 1-O del juez del Supremo Pablo Llarena.
El intento de frenar la tramitación sobre la amnistía también habría afectado a los exconsellers al exilio, Toni Comín y Lluís Puig. Aparte, hay los exconsellers con la amnistía parada por el Supremo sobre su inhabilitación a cargos públicos por el delito de malversación, que son: el secretario general de Junts, Jordi Turull; el presidente de ERC, Oriol Junqueras, y los exconsellers republicanos Dolors Bassa y Raül Romeva. Con todo, el Tribunal Supremo ya ha dejado la puerta abierta a consultar el TJUE, una vez el Tribunal Constitucional se pronuncie. Es decir, continuará su bloqueo de la voluntad del legislador.
"Independencia" del TC
En un comunicado, el TC ha informado que Conde-Pumpido no ha aceptado la propuesta de los conservadores, después de consultar a la vicepresidenta Inmaculada Montalbán, ponente del recurso. En el acuerdo, el presidente del TC explica que "no se estima procedente el señalamiento prematuro del referido debate, separado de la deliberación principal sobre el fondo del recurso de inconstitucionalidad planteado por el grupo Parlamentario del Partido Popular". Y se precisa que este señalamiento se realizará "próximamente".
Así mismo, se indica que el presidente del TC ha denegado la suspensión solicitada subsidiariamente sobre la deliberación, votación y resolución del referido recurso, mientras no se resuelvan las cuestiones prejudiciales planteadas al TJUE por varios órganos de la jurisdicción ordinaria.
En el acuerdo explica que "la función de control abstracto de constitucionalidad que tiene que realizar el Tribunal Constitucional es independiente de las decisiones adoptadas por otros órganos jurisdiccionales en el ámbito de su competencia específica".
Con todo, el presidente del TC no cierra la puerta que "en el curso de la deliberación del proyecto de resolución del recurso se formulen las manifestaciones y proposiciones que los magistrados estimen procedentes".