Después de meses de instrucción, el juez Juan Carlos Peinado ha decidido cerrar la investigación a Begoña Gómez y enviar a juicio oral a la esposa de Pedro Sánchez por el caso de la cátedra en la Universidad Complutense de Madrid y el uso de su asesora en la Moncloa para sus negocios privados. La procesa por cuatro delitos: malversación de fondos públicos, tráfico de influencias, corrupción en los negocios y apropiación indebida de marca. Finalmente, el delito de intrusismo profesional ha sido excluido "porque solo hay un indicio débil; no los hay plurales y sólidos". Será un juzgado popular quien dirima si la esposa del presidente del Gobierno —ambos se encuentran estos días de viaje oficial en China— es culpable. Antes, sin embargo, Peinado da un plazo de cinco días a las partes para que "insten lo que consideren oportuno respecto de la apertura del juicio oral, formulando el correspondiente escrito de conclusiones provisionales". 

En el auto hecho público este lunes, Peinado continúa el procedimiento contra Cristina Álvarez, asesora de Begoña Gómez en la Moncloa, por los mismos delitos por los que procesa a la esposa del presidente del Gobierno. También continúa el procedimiento contra el empresario Juan Carlos Barrabés, a pesar de que, en su caso, solo por los delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios. El instructor, que rechaza prorrogar la instrucción, descarta además que se aporte la vida laboral de Gómez o la actualización de los salarios percibidos por Cristina Álvarez.

Tráfico de influencias: comparaciones con "regímenes absolutistas"

Según Peinado, hay suficientes indicios para procesar a Gómez por tráfico de influencias para conseguir una cátedra en la Universidad Complutense de Madrid en un acto que, afirma, no tiene precedentes en democracia. "Las conductas que provienen de palacios presidenciales, como este supuesto, parecen más propias de regímenes absolutistas, por suerte, ya olvidados en el tiempo en nuestro Estado, lo cual obliga a intentar analizar (quizás había que remontarse al reinado de Fernando VII) este delito desde la perspectiva de una interpretación teleológica y hermenéutica de los artículos 428 y 429 del Código Penal", afirma.

El juez ve indicios de tráfico de influencias en la actuación de Begoña Gómez porque es un particular que "influye sobre autoridad o funcionario prevaliéndose de su relación con el presidente". Gracias a su matrimonio con Sánchez, señala el juez, consiguió tratar con "interlocutores institucionalmente excepcionales y a quien la única condición de esposa de le sirvió para influir, con todo el añadido de haber realizado reuniones en la Moncloa". Peinado asevera que desde la llegada de Sánchez a la secretaría general del PSOE y posteriormente a la presidencia del Gobierno "se tomaron determinadas decisiones públicas favorables a la cátedra". 

Corrupción en los negocios

Peinado indica que Gómez fue la "impulsora" de la captación de fondos privados "no para la cátedra universitaria pública, sino para integrarlo en su patrimonio personal". "Ofreció como contraprestación la ventaja competitiva de las referidas empresas, en un trato privilegiado o de proximidad con la administración pública aprovechando que su marido es el presidente del Gobierno, siendo todas estas grandes empresas españolas partícipes en numerosos procedimientos de licitación públicas". 

Malversación

El juez también ve indicios de que Gómez "solicitó, aceptó y aprovechó de forma estable la dedicación de una trabajadora retribuida por Presidencia a tareas ajenas al puesto de trabajo institucional", en referencia a su asesora, Cristina Álvarez. Estas tareas fueron interlocución con universidades, patrocinadores y socios, seguimiento de la cátedra, gestiones sobre el software, asistencia a reuniones técnicas y desarrollo del proyecto tecnológico que después aparece vinculado con marcas, dominio y mercantil de titularidad exclusiva de la misma investigada", motivo por el cual cree que cometió un delito de malversación.

Apropiación indebida

En cuanto a la apropiación indebida, el instructor expone que Gómez recibió el software vinculado a la cátedra "en el marco de su posición de codirección de hecho del proyecto universitario y como destinataria funcional de este en representación de la Complutense, sin que posteriormente lo pusiera a disposición de la universidad ni lo sometiera al canal institucional correspondiente". En lugar de ello, "lo integró en una web de su titularidad y bajo su control", añade.

El Gobierno confía que un "tribunal imparcial revoque las decisiones" de Peinado

No ha tardado nada en reaccionar a la noticia el ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, que ha sido preguntado por los periodistas sobre esta cuestión en una atención antes de presentar una nueva convocatoria de becas. "Mi opinión sobre esta instrucción es conocida; ha avergonzado a muchos ciudadanos del país, así como a jueces y magistrados", ha manifestado.

Según el socialista, la investigación llevada a cabo por Peinado ha hecho un "daño" en la justicia española que "en muchos aspectos será irreparable". Pero ha confiado en que "un tribunal superior o imparcial revocará sus decisiones". "Me llama la atención esta resolución, sobre todo teniendo en cuenta lo que ha dicho la Audiencia Provincial de Madrid, que dice que no hay nada", ha sentenciado. 

En privado, fuentes del PSOE trasladan irónicamente que es una "casualidad" que Peinado haya decidido procesar a Gómez "el mismo día que el principal investigador del caso Kitchen ha identificado a Mariano Rajoy con algunos de los pseudónimos que utilizaban los implicados en la trama".