La Audiencia Nacional ha condenado al rapero leridano Pablo Rivadulla, más conocido con el nombre de Pablo Hasél, a dos años y un día de prisión por los delitos de enaltecimiento del terrorismo e injurias en la Corona y las instituciones del Estado por sus mensajes publicados en Twitter y una canción en YouTube. También, ha sido condenado a pagar una multa de 24.300 euros.

En la sentencia, los magistrados de la Sección Primera de la Sala de lo Penal consideran que las publicaciones de Hasél suponen "una actuación conjunta, dirigida contra la autoridad del Estado" y que aluden "a la necesidad de ir más allá en un comportamiento violento, incluso con la utilización del terrorismo".

Si el Tribunal Supremo confirma la sentencia, Hasél tendrá que ingresar en prisión porque ya fue condenado en el 2014 a dos años de prisión por enaltecimiento del terrorismo.

La sentencia cuenta con el voto particular de la magistrada Manuela Fernández de Prado, que defiende que Pablo Rivadulla tendría que ser absuelve porque "su actuación encaja dentro de la libertad de expresión y no supone una manifestación del discurso de odio".

La Fiscalía pedía para él dos años y nueve meses de prisión y una multa de 40.500 euros por delitos de enaltecimiento del terrorismo y de calumnias e injurias contra la Corona y las instituciones del Estado. Lo acusaba por el contenido de unos sesenta mensajes de Twitter y una canción publicados entre 2014 y 2016.

LOS GRAPO, el Rey y la policía

Uno de los mensajes, al lado de una foto de una miembro de los GRAPO, Hasél decía: "las manifestaciones son necesarias, pero no suficientes, apoyamos a los que han ido más allá". En este sentido, los magistrados apuntan que "no se trata de un mero comentario en el cual se entrega una opinión, sino que se trata de un mensaje que cierra claramente una invitación a realizar una conducta igual que la de sus referentes".

En relación con el delito de injurias y calumnias en la Corona, la Sala señala que los mensajes y el vídeo analizado presentan una actuación por parte del acusado que "determina la imputación al Rey emérito e incluso al Rey actual la comisión de múltiples delitos, incluso de homicidio y de malversación, así como de una conducta no de acuerdo con la autoridad que representan".

"No se trata de expresar una reivindicación política de otra forma de Estado, como pudiera ser republicana" dicen los jueces, sino que se advierte una intencionalidad como es la de injuriar y calumniar la monarquía "con el ánimo evidente que para quien accede a sus tuits adopte una posición contraria, incluso de forma violenta".

Con respecto al delito de injurias y calumnias contra las instituciones del Estado, el tribunal subraya la "gran" cantidad de delitos que se imputan de forma reiterada en los miembros de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado, "acusándoles de asesinatos, torturas, que se integran en unos contenidos ofensivos y de marcado odio".