La oficialidad única del catalán no afectaría al bilingüismo. Las diferencias entre el hecho de que el castellano fuera lengua oficial o no en una hipotética Catalunya independiente son mínimas y se basan, sólo, en la obligatoriedad (o no) de hacer uso de la una y de la otra. Así se extrae de un cuadro explicativo de Plataforma per la Llengua, que compara dos posibles escenarios con modelos lingüísticos diferentes, y contempla aspectos como el uso de la lengua en los poderes públicos, administraciones, leyes, documentos, rotulación, moneda, fuerzas armadas o educación, entre otros.

Después de que se haya abierto el debate sobre si el castellano tiene que ser o no lengua oficial -y ahora esté en el punto de mira por ser una de las polémicas más calientes de Catalunya-, la entidad ha querido obviar el occitano en la comparativa para no crear confusiones, pero asegura que se tendría que tener presente su oficialidad y "todas las implicaciones que se derivan", teniendo en cuenta la relación política que habría entre Catalunya y el Aran.

El primer escenario se fundamenta en la oficialidad del catalán y el castellano, en el que sería obligatorio tener conocimiento de las dos lenguas y, en caso de trabajar de cara al público, la persona se tendría que adaptar a la petición de cada ciudadano. Ahora bien, el catalán tendría que estar reconocido específicamente como "lengua propia o nacional", mientras que, en el segundo marco, sólo sería oficial el catalán, pero el castellano tendría que estar reconocido y tener validez oficial en algunas ocasiones. Incluso habría algunas situaciones en que si hay problemas de comprensión, por ejemplo, habría que utilizar el castellano.

En el supuesto escenario de que sólo fuera oficial el catalán, estaría la posibilidad de presentar a la Administración versiones en castellano en las relaciones escritas y oficiales interadministrativas, pero siempre sería obligatorio adjuntar una versión en catalán. Una cosa parecida pasaría con las leyes. En caso de que fueran oficiales las dos, habría que publicarlas en las dos lenguas al mismo tiempo porque "las dos versiones son igual de válidas", en cambio, en el otro escenario, la única "válida" sería el catalán, aunque podrían estar editadas en otras lenguas.

La cuestión de la rotulación y nombres oficiales es diferente. En el posible escenario donde las dos serían oficiales, podrían tener una "única versión en la lengua nacional", la catalana, siempre y cuando se trate de "nombres que arraigan en motivos de tradición histórica", como la Generalitat de Catalunya. 

Catalán y castellano, al orden del día

Una situación no sería tan diferente de la otra. En los dos casos sería necesario utilizar el castellano, en el primero por obligación de los poderes y trabajadores públicos y derecho de la ciudadanía a escoger la lengua y, en el segundo, en caso de que el ciudadano tuviera problemas de comprensión del catalán, aunque, en esta situación, si se realizara un documento en castellano obligatoriamente habría que adjuntar la versión catalana.

Eso sí, para obtener la nacionalidad catalana sería necesario, en el primer escenario mencionado, tener conocimiento de una de las dos lenguas, mientras que, en el segundo, sería obligatorio saber catalán. Lo que más llama la atención es que las propuestas en el ámbito educativo son casi iguales. Si bien en el primer caso es obligatorio aprender las dos lenguas, en el segundo podría llegar a serlo.

La diferencia más significativa sería el hecho de que en el primer escenario, el Estado catalán no tendría la obligación de presentar la lengua catalana como oficial de la Unión Europea porque el castellano ya sería oficial. Pero en la segunda suposición sí que lo sería y, además, sería la "única válida" para los tratados o acuerdos.